jueves, 21 de octubre de 2021

¿Un católico puede ser incinerado (cremado) en vez de ser sepultado? por el Monasterio benedictino de la Sagrada Familia

Hoy en día se ha vuelto cada vez más habitual que los católicos fallecidos sean cremados por propia voluntad o por decisión de sus familiares.

Esta práctica se opone a lo ordenado por Dios y la Iglesia, y está plenamente en vigor aunque la cismática iglesia "católica" post vaticano II diga que es lícito incinerarse.

Es urgente que sepan los católicos que quién se incinera por voluntad propia se autoexcluye de la verdadera Iglesia Católica Romana y compromete gravemente la salvación de su alma.

Esperamos que esta advertencia sea tomada muy en serio por los católicos fieles a la tradición dogmática y jurídica de la Iglesia Romana.
 
El editor

 ¿Un católico puede ser incinerado (cremado) en vez de ser sepultado?




¿Es aceptable que un católico verdadero pida ser incinerado en vez de ser sepultado? ¿Sí o no y por qué? ¿La incineración va contra algún dogma de la fe cristiana?

Camilo

MSF:

La respuesta a su pregunta es no. La ley tradicional de la Iglesia condena la incineración, y quienes piden la incineración están privados de la sepultura eclesiástica. Pero, como veremos, la secta del Vaticano II dice totalmente lo contrario a lo que enseña la ley tradicional de la Iglesia.

Por ejemplo, Benedicto XVI reconoce que la secta del Vaticano II ha abandonado la prohibición tradicional de la Iglesia Católica respecto a la incineración.

“Cardenal” Joseph Ratzinger, Dios y el Mundo, 2000, edición inglesa, p. 436: “P. ¿Está permitido que los cadáveres de los difuntos sean incinerados, o sólo es un rito pagano? R… Antes del Segundo Concilio Vaticano, la incineración estaba sujeta a sanciones. Teniendo en cuenta todas las circunstancias del mundo moderno, la Iglesia ha abandonado esto”.

Respecto a esto, Benedicto XVI reconoce la enseñanza radical del Código de Derecho Canónico de 1983 de Juan Pablo II.

Es verdad, la secta del Vaticano II permite la cremación.

Código de Derecho Canónico de 1983, Canon 1176 § 3: “La Iglesia aconseja vivamente que se conserve la piadosa costumbre de sepultar el cadáver de los difuntos; sin embargo, no prohíbe la cremación, a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana”.

Por lo tanto, en el caso que usted reclame que su incineración no es con el propósito expreso de contradecir un dogma – por ejemplo, porque usted quiere que sus despojos mortales descansen en su campo de golf favorito –, la incineración está permitida por la secta del Vaticano II. Este es un tema muy importante porque la enseñanza de la Iglesia Católica, reflejada en el Código de Derecho Canónico de 1917, prohíbe la incineración bajo pena de pecado mortal y además especifica que aquellos que la piden sean privados de la sepultura cristiana. Esto significa que quienes pidieron su propia cremación y mueren sin arrepentimiento, se presume que se condenaron.

Código de Derecho Canónico de 1917, Canon 1203 § 1-2: “§ 1. Los cuerpos de los fieles difuntos han de sepultarse, reprobada su cremación. § 2. Si alguno mandare en cualquier forma que su cuerpo sea quemado, es ilícito cumplir esa voluntad; y si se hubiera puesto en algún contrato, testamento u otro acto cualquiera, téngase por no puesta”.

Código de Derecho Canónico de 1917, Canon 1240 § 1, 1-5: “§ 1. Están privados de la sepultura eclesiástica, a no ser que antes de la muerte hubieran dado alguna señal de arrepentimiento: 1. Los notorios apóstatas de la fe cristiana, o los notoriamente afiliados a una secta herética o cismática o a la secta masónica u otras sociedades del mismo género; 2. Los excomulgados o entredichos después de la sentencia condenatoria o declaratoria; 3. Los que se han suicidado deliberadamente; 4. Los que han muerto en el duelo o de una herida en él recibida; 5. Los que hubieran mandado quemar su cadáver; 6. Otros pecadores públicos y manifiestos”.

Este tema es un buen ejemplo de cómo la secta del Vaticano II y sus antipapas, con sus falsas enseñanzas, están conduciendo las almas al infierno. Ello nos demuestra por qué es tan importante actualmente reconocer la verdad respecto a la posición sedevacante. Por eso constatamos que los “tradicionalistas” que creen en la posición herética de aceptar que el antipapa Juan Pablo II fue Papa verdadero, incineran a su madre y pecaban mortalmente.

Benedicto XVI, Principios de la teología católica, 1982, edición inglesa, p. 229: “La declaración de la congregación (…) propone resolver la crisis por una presentación positiva, especialmente de aquellos puntos de la doctrina de la Iglesia que están en disputa y establecen la identidad del catolicismo, no mediante la exclusión de aquellos que tienen puntos de vista contrarios…”.

Por lo tanto, lo volvemos a decir: la ley tradicional de la Iglesia condena la incineración y prohíbe la sepultura eclesiástica a quienes piden ser incinerados.

Por último, citamos un libro titulado The Catholicism Answer Book [Libro de respuestas sobre el catolicismo, edición inglesa] en donde leemos, en la página 168, lo siguiente respecto a la incineración reconociendo que hay diferencias en la verdadera tradición antes del Vaticano II. Dice:

The Catholicism Answer Book, página 168: “Pregunta 125: ¿Los católicos pueden ser incinerados? [Respuesta:] En una época, la incineración no estaba permitida por varias razones. En primer lugar, porque los paganos a menudo incineraban sus cadáveres, por lo cual, el hecho que los cristianos sepultaban los cadáveres en tierra consagrada era una firme declaración en la creencia en la resurrección de los muertos y en la vida venidera. (…) El antiguo Código de Derecho Canónico de 1917 prohibió la práctica de la cremación hasta 1963. En 1963, se permitió la cremación en circunstancias limitadas, siempre y cuando el cristiano no negara la resurrección de los muertos y la inmortalidad del alma. (…) En 1997, la Iglesia católica permitió que los restos incinerados fuesen llevados a la Iglesia para la Misa fúnebre. Antes de esta fecha, el cuerpo era llevado a la iglesia para la Misa fúnebre y después era enviado al crematorio”.

Como vemos, ellos admiten que la práctica tradicional de la Iglesia, que se reflejaba en el Código de Derecho Canónico de 1917, excomulgaba automáticamente y negaba la sepultura eclesiástica a quienes querían ser incinerados. Por supuesto, hoy todo esto ha sido cambiado por la falsa Iglesia del Vaticano II.

Tomado de: vaticanocatólico.com

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