CURSO SUPERIOR
DE RELIGIÓN
DOGMA – MORAL – CULTO
APOLOGÉTICA
Por el Pbro.
J. RAFAEL FARIA
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Lección 3º
CAPÍTULO I — NATURALEZA DE LA REVELACIÓN
La Revelación es la manifestación que Dios hace a los hombres, en forma extraordinaria, de algunas verdades religiosas, imponiéndoles la obligación de creerlas.
Se dice: “en forma extraordinaria”, para distinguirla del conocimiento natural y ordinario que alcanzamos por la razón.
Dios ha hecho las revelaciones así: manifiesta las verdades que desea se conozcan a algún varón elegido por Él, le manda que las enseñe a los demás, y comprueba con milagros que en verdad Él las reveló.
10. Revelaciones públicas y privadas
Hablando en un sentido general, podemos distinguir dos clases de revelaciones: la revelación pública y las revelaciones privadas.
1º Revelación pública es la que ha hecho Dios directamente para la utilidad de todo el género humano. P. e. la hecha a Moisés en el Sinaí; y la efectuada por N. S. Jesucristo.
2º Revelaciones privadas son las que ha hecho a algunas personas para su utilidad particular.
Ejemplos: las hechas a Santa Gertrudis, a Santa Teresa de Jesús, a Santa Margarita María cuando N. Señor le pidió el establecimiento de las fiesta del Sdo. Corazón y de la devoción de los primeros viernes.
La revelación pública ha sido hecha por Dios directamente para la utilidad de todo el género humano, e impone la obligación de aceptarla a todos los hombres.
Las revelaciones privadas directamente son hechas para la utilidad particular y no imponen la obligación de aceptarlas sino a las personas a quienes fueron hechas, o a las personas que tienen plena certeza de ellas, lo que ocurre raras veces.
Respecto a las revelaciones privadas conviene advertir:
a) Las revelaciones privadas no forman parte de la fe, ni enseñan verdades nuevas; sino que han sido hechas para ilustrar las verdades ya reveladas, y hacernos adelantar en la perfección cristiana.
b) La Iglesia no las aprueba sino después de maduro examen; y al aprobarlas no pretende enseñar que cuanto en ellas se diga sea verdadero, ni mucho menos hacerlas obligatorias. Únicamente garantiza que en ellas no se dice nada contrario a la fe y a las buenas costumbres.
c) No podemos despreciar las revelaciones privadas, pues en general traen enseñanzas de gran utilidad para la vida cristiana.
d) Algunas veces la aprobación de la Iglesia no es una simple certificación de que no hay en ellas nada contra la fe y la moral; sino una afirmación de su origen divino. Tal pasa, p. e. con las revelaciones del escapulario del Carmen a San Simón Stock, de la devoción al Sdo. Corazón, a Santa Margarita María, etc. Aunque en ningún caso llegan a ser artículo de fe.
Las demás revelaciones sólo nos merecen fe humana, de acuerdo con las condiciones intelectuales y morales de la persona que las tuvo.
La Revelación pública terminó con los Apóstoles; después de ellos Dios no ha revelado nuevas verdades que sean objeto de fe.
11. Art. 1º OBJETO DE LA REVELACIÓN
Dios nos ha manifestado en la Revelación:
a) Múltiples hechos históricos algunos íntimamente ligados con la fe; p. e. el
nacimiento, vida y muerte del Salvador.
b) Muchas verdades necesarias o convenientes para nuestra salvación; p. e. su
infinita sabiduría y el misterio de la Sma. Trinidad.
De estas verdades: a) unas no podía conocer nuestra razón; b) otras podía conocerlas, pero con mucha dificultad e incertidumbre.
Así de ninguna manera podíamos conocer el misterio de la Sma. Trinidad. Podíamos conocer, pero con dificultad, incertidumbre y mezcla de error otras verdades; p. e. que no hay sino un solo Dios, y que es espíritu puro y creador de cuanto existe.
1º Dios ha querido revelarnos verdades que de ninguna manera podíamos conocer por la pura razón:
a) Para perfeccionar nuestro entendimiento con conocimientos más elevados;
a) Para darnos a conocer el orden sobrenatural.
El orden sobrenatural consiste en la elevación del hombre por la gracia santificante, de simple criatura a la dignidad de hijo de Dios y heredero del cielo. Y también en los medios que Dios eligió para devolvernos la gracia y el derecho al cielo que perdimos por el pecado; principalmente los misterios de la Encarnación y Redención.
2º Dios quiso manifestarnos verdades que nuestra razón podía conocer pero con dificultad, incertidumbre y mezcla de error, para que todos los hombres pudieran conocerlas con facilidad, con certeza y sin mezcla de error.
Lección 4ª
CAPÍTULO II — CONDICIONES DE LA REVELACIÓN
Su posibilidad, utilidad, necesidad.
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