Los textos en negrita y subrayados son nuestros.
"Ne innitaris prudentiac tuae".
"Hijo mío, no te olvides de mi ley,
guarda en tu corazón mis preceptos (...) no te apoyes en tu propia inteligencia"..
(Prov. III, 1-5.)
"Hijo mío, no te olvides de mi ley,
guarda en tu corazón mis preceptos (...) no te apoyes en tu propia inteligencia"..
(Prov. III, 1-5.)
I - EL CAMINO PERSONAL LEFEVBRISTA
Cuando Marc Sangnier a comienzos del siglo XX resolvió "tracer son sillón", imprimir su surco en los caminos católicos "bajo apariencias brillantes y generosas, pero muchas veces carentes de claridad, de lógica y de verdad", San Pío X fue penetrando de a poco en las "tendencias inquietantes" del movimiento y viendo que "sus fundadores, jóvenes, entusiastas y llenos de confianza en sí mismos, no estaban suficientemente armados de ciencia histórica, de la sana filosofía y de robusta teología para afrontar sin peligros los difíciles problemas a los que habían sido arrastrados (...) para defenderse, en el terreno de la doctrina y de la obediencia, contra las infiltraciones liberales y protestantes" (Notre Charge Apostolique).
Hoy día, con Monseñor Lefebvre y sus seguidores parece ocurrir lo mismo. Recientemente, un sacerdote de su Fraternidad publicó once textos escogidos del prelado relativos a su doctrina sobre el papa ("Roma Aeterna", Buenos Aires, № 107, diciembre de 1989).
Ellos arrojan luz sobre la naturaleza de la "resistencia" que predica y practica contra las leyes tradicionales e infalibles de la Iglesia. Se oculta la resistencia ilícita bajo el sofisma de una resistencia lícita a un papa simplemente "malo" y "errante". Y viene envuelta "bajo la apariencia de piedad" (II Tim 3,5), de virtudes cristianas, y bajo el pretexto aparentemente laudable de cumplir el "deber de defender nuestra fe".
Sin embargo, el ejercicio de este deber es colocado bajo el mismo "proprio libero consilio" de la Libertad religiosa que el Vaticano II proclamó como un "derecho" natural del hombre.
Se hace ésta supuesta "defensa de la fe" cambiando la fe sobre la Iglesia y pervirtiendo la moral católica. Es necesario pues decir claramente un "si, si, no, no" respecto a sus doctrinas, sin los falsos pudores del "no polemizar" ecuménico que "respeta" los errores ajenos.
Los "papas" Pablo VI y Juan Pablo II lideraron a los ecumenistas; los cardenales Alfrink y Willebrands a los carismáticos; los cardenales Anís y Lorscheider, a los "pobres" de la "Teología de la liberación" socialista. Y, finalmente, monseñor Lefebvre y dom Mayer pretendieron liderar una facción que defendería la fidelidad a la Tradición católica y "resistiría" los desvíos doctrinales de los demás.
Pero, todos ellos obraron con una doble resistencia: una, específica, oponiendo las facciones entre sí unas a otras, y otra, común a todas ellas, contra el Magisterio tradicional doctrinario y canónico.
No se condena a esas facciones por aquello en que coinciden con el Magisterio tradicional, por las verdades que afirman, sino por sus errores, en lo que se apañan de aquél.
Una característica común a todas ellas es la verbosidad no común, pero sin mencionar ninguna cita del Magisterio tradicional en apoyo de la doctrina personal que siguen, en los puntos esenciales de su propia "resistencia" al Magisterio tradicional. Allí no apelan al "criterium fidei".
Eso era menos evidente en monseñor Lefebvre y en dom Mayer por el hecho de que despertaron la confianza hacia ellos denominándose defensores de la Tradición. Pero, al poco tiempo, esto se fue volviendo más claro a partir del hereticismo que defienden.
No los vemos que vayan a buscar ningún apoyo en la Tradición en cuanto al pretendido "derecho" y "deber" de no obedecer al Magisterio tradicional durante décadas, de reconocer como papa "válido", a quien durante más de dos décadas predica públicamente doctrinas heréticas; ni en cuanto a una Iglesia "imperfecta" a punto de tener a herejes públicos como sus gobernantes; ni en cuanto a la moral "relativista de situación; ni en cuanto a la adquisición de la jurisdicción simplemente por el sacramento del Orden; ni en cuanto a poner en duda las normas infalibles del Derecho Público de la Iglesia.
Monseñor Lefebvre juzga "dura" e "injusta" la sumisión a las leyes de la Iglesia y dom Mayer opina que la obediencia a éstas causaría "un grave perjuicio a las almas y a la Iglesia" ("La nouvelle Messe", p.277). Los Lefevbristas miran con desprecio y peyorativa depreciación a los que denominan los "obedientes", los "ultras", los "radicales", los "muy lógicos", los "defensores de la ortodoxia", quienes obrarían así por "intelectualismo geométrico".
Sus opiniones sobre la permanencia de la jurisdicción en los herejes públicos ayudan sin duda a la pérdida de la fe por parte de millones de almas; pero ellos se presentan como obrando así por "el bien de las almas y de la Iglesia". Invierten la noción de bien y de mal.
Todas las herejías, directa o indirectamente, gravitan en torno a la autoridad del sucesor de Pedro. Unos no la reconocen; otros "le atribuyen indulgentemente al Pontífice romano un primado de honor (...) procedente de cierto consenso de los fieles" (Pío XI, Mortalium ánimos).
Los dos prelados pertenecen a esta segunda especie. Afirman reconocer al hereje público como papa "válido", pero hablan de él como de un simple "orientador" de los fieles (cfr. Hirpinus), al que no es necesario obedecer cuando se discrepa con él.
Esto equivale a negar el "veré proprieque jurisdictionis primatum" (Vaticano I: D.1823; D.S.3055) y el poder de"ordenar por leyes y de coaccionar y compeler por el juicio extemo y penas salutíferas a los desviados y contumaces" (Pío VI, D. 1505; D.S.2605). Se transforma por lo tanto el primado papal en un mero poder de "inspección y dirección", doctrina condenada por el Vaticano I (D.l 831; D.S.3064).
Monseñor Lefebvre por lo tanto no se somete a la ley de la vacancia de "cualquier cargo" eclesiástico (Canon 188, n.4): "Dios no podría permitir una vacancia tan prolongada", declara contra esa ley de la Iglesia.
Ahora bien, Dios no determinó la duración de esa vacancia: ella ya ocurrió más de 260 veces en la Iglesia con duraciones variables y "magis et minus non mutat speciem". De allí que si fuese imposible una vez, todas lo serían.
Y esa duración es mayor hoy, sólo por esa misma "resistencia humana" a la ley de la vacancia, por parte de aquellos que tienen el deber de extinguirla y que quieren prolongarla, estableciendo a un hereje público en el papado. Sustituyen la Sede vacante temporaria y fáctica por una sede vacante doctrinaria y atingente a la naturaleza de la Iglesia, la cual se ve así pervertida. Si Dios "no podría permitir una sede vacante prolongada", ¿podría permitir el hereticismo prolongado sin que eso mudase la naturaleza de la Iglesia?
Todo hereje es cismático, no se somete a la autoridad del cargo papal: él se obedece a sí mismo y "adhiere" al papa "a la medida" de sus decisiones personales.
Establece, pues, el prelado de Ecóne otra "Iglesia" y otro régimen jurídico dentro de ella. Es fundador de la "iglesia" que establece la sede vacante perenne y de derecho, al no someterse a la ley de la sede vacante temporaria y de facto.
La "resistencia" de los dos prelados es por lo tanto resistencia contra la autoridad de la Iglesia tradicional y contra el derecho divino: "Quien resiste al poder, resiste a la ordenación de Dios y los que resisten ellos mismos se acarrean la condenación" (Rom. XIII,2). No basta decir exteriormente que se "resiste" al ecumenismo del Vaticano II: varias sectas también resisten a él. Tal "resistencia" no es criterio de verdad.
II - EL DERECHO Y EL DEBER DE DESOBEDIENCIA A LA CÁTEDRA DE PEDRO
II.1. El "derecho de discutir" y de "oponerse" a lo que viene de Roma
Para un análisis más objetivo sobre las doctrinas de Monseñor Lefebvre citamos sus proposiciones de diferentes fechas sobre la sumisión al papa, según fueron dadas por los textos anteriormente indicados.
El 29 de junio de 1982 niega genéricamente que no se pueda "hacer algo que se exponga a lo que viene de Roma" y que "debamos aceptar todo lo que venga de allí".
El 5 de julio de 1982 expresa así su doctrina:
"Algunos insisten sobre el carácter de la asistencia divina al papa y que, por ella, él no se puede equivocar; luego, hay que obedecer; por consiguiente, nosotros no tenemos el derecho de discutir lo que él hace o lo que él dice. Esta es una obediencia ciega que no es conforme a la prudencia (...)".
"Hay dos principios de solución: afirmar que el papa dice herejías y por consiguicnte no es papa; es un intruso, no debemos obedecerle. O cuestionar en qué medida las promesas de Cristo de asistir al papa le dejan a él la posibilidad de realizar ciertos actos o de decir ciertas cosas que, por su propia lógica, le hacen a los fieles perder la fe. En qué medida son compatibles las promesas y la destrucción de la le por negligencia, omisión o actos equívocos".
El 17 de marzo de 1977 afirma:
"Si el papa fuese apóstata, hereje o cismático, según la opinión probable de algunos (si ella fuese verdadera) el papa no seria papa y, por, consiguiente, estariamos en la situación de sede vacante. Es una opinión. No digo que no pueda tener alguna probabilidad; pero no creo que esa sea la solución que debemos tomar y seguir".
El 16 de enero de 1979 declara:
"Decir que porque alguien ataca nuestra fe es hereje, luego ya no es más autoridad, luego sus actos no tienen ningún valor (...). Atención (...). No nos metamos en un círculo infernal del cual no sabemos salir. En esta actitud existe un verdadero peligro de cisma".
En marzo de 1986 afirma:
"Es posible que estemos en la obligación de creer que este papa no es papa. No quiero decirlo todavía de un modo solemne y formal; pero, parece que sí, a primera vista, que es imposible que un papa sea pública y formalmente herético".
En septiembre de 1982 dijo:
"La corrupción de las ideas en la Curia Romana es tal que algunos de sus miembros se arrogan derechos ilegítimos especialmente en la Secretaría de Estado".
"La corrupción de las ideas en la Curia Romana es tal que algunos de sus miembros se arrogan derechos ilegítimos especialmente en la Secretaría de Estado".
El 29 de junio de 1982 afirma:
"¿Estamos obligados a seguir el error porque él nos venga por la vía de la autoridad? Así como no debemos seguir a padres indignos que exigen que hagamos cosas indignas, igualmente tampoco debemos obedecer a los que exigen que reneguemos de nuestra fe y abandonemos toda la Tradición. Esto está fuera de discusión".
En septiembre de 1982 declara:
"Unos dicen: los actos de Roma son tan malos que el papa no puede ser papa legítimo; es un intruso. Por lo tanto, no hay papa. Otros afirman: el papa no puede firmar decretos destructores de la fe; por lo tanto, estos actos son aceptables, se les debe sumisión.
La Fraternidad no acepta ni una ni otra de estas dos soluciones. Apoyada en la historia de la Iglesia y en la doctrina de los teólogos ella piensa que el papa puede favorecer la ruina de la Iglesia escogiendo y dejando obrar a malos colaboradores, firmando decretos que no comprometen su infalibilidad pero que causan un daño considerable a la Iglesia (...).
Nuestra desobediencia es aparente; es una obediencia verdadera a la Iglesia y al papa en cuanto sucesor de Pedro y en la medida en que él continúe manteniendo la Tradición".
II.2. La "no aceptación" de la autoridad de la Iglesia tradicional
Con estas espantosas palabras el prelado trata de ocultar, bajo las apariencias de una no obediencia a un hereje público, su propia insumisión a las leyes tradicionales del Derecho Público de la Iglesia sobre los herejes públicos, a las leyes de los delitos contra la unidad de la fe y a la ley sobre la vacancia de los cargos eclesiásticos.
El no invoca Magisterio tradicional alguno en apoyo de su doctrina; antes bien, convierte las leyes de la Iglesia en simples "opiniones" que aunque afirma que son probables, niega que sean la "solución".
Así, él ni siquiera afirma que el papa sea hereje, de acuerdo con el canon 2315: "Sea tenido como hereje", sino sólo habla de un papa en un simple "equívoco" accidental y de un papa "malo", como si el delito no fuese en materia de fe, sino en materia moral y de simples "colaboradores malos".
"Decretos" que causan "la destrucción de la fe" no son, sin embargo, simples actos contra la moral, sino contra la fe. Los delitos del "apóstata, hereje y cismático" no son de la misma naturaleza que los delitos contra la moral, contra la justicia en el ejercicio del cargo si la persona lo posee. Exigir "renegar de nuestra fe y abandonar toda la Tradición", no es un mero acto de un "padre indigno" que "exige de nosotros cosas indignas", sino un acto de un hereje o apóstata público o infiel.
Entonces, monseñor Lefebvre trata de enmascarar la naturaleza del delito papal en cuestión por "no aceptar" las leyes tradicionales sobre "herejía, apostasía y cisma". Sería "peligro de cisma" someterse a las leyes de la Iglesia sobre delitos de cisma. Aceptar la ley de la obediencia a un papa "válido", simplemente "malo", "injusto" o"indigno" sería "obediencia ciega" y en esto tampoco acepta él al Magisterio católico.
El quiere volver "compatibles" cosas que el Magisteno de la Iglesia enseña que son incompatibles: "Un papa puede firmar decretos que causan la destrucción de la fe, la ruina de la Iglesia". Y no distingue entre un "equívoco" momentáneo y decretos que permanecen durante décadas como leyes canónicas y Magisterio doctrinario; ni vacancia, ni hereje, ni obediencia, ni régimen no nocivo ni peligroso. Él ni siquiera sabe si un papa "apóstata" deja el cargo papal. "No es la solución", dice.
Su moral erige el principio de que "el error de la autoridad no obliga", sin discriminar la naturaleza de ese "error" y quién es el juez supremo sobre su existencia. Erige el "derecho de discutir" los actos y enseñanzas de un papa válido, sin discriminar la materia del error.
Pone su obediencia "en la medida" en que él juzga los actos y enseñanzas del "juez supremo de los fieles".
Pretende el derecho de "oponerse" al papa, desligado de las enseñanzas tradicionales de Adriano II, Inocencio III, del decreto de Graciano, etc. ...sobre los límites de ese derecho. Ese derecho existe (D.S. 3115) pero está restringido al "caso único" (Adriano II) de los delitos de herejía, apostasía y cisma.
Ahora bien, aquí en estos delitos monseñor Lefebvre "no acepta" las leyes de la Iglesia. Presenta un falso dilema: no acepta la vacancia porque el papa es sólo "malo"; ni acepta la obediencia al régimen de la Iglesia porque éste no puede ser nocivo ni peligroso, en ambos casos muestra su insumisión a las doctrinas católicas.
La "solución" lefevbrista es "compatibilizar" la asistencia divina al papa con la herejía pública y hasta con la apostasía en el papa. Es el hereticismo en grado extremo.
Después de los hechos "ecuménicos" de Juan Pablo II en Asís, monseñor Lefebvre parece vacilar en esa "compatibilización", declarando: "Parece imposible que un papa sea públicamente y formalmente herético", de donde se seguiría la conclusión: "Es posible que estemos en la obligación de creer que este papa no es papa".
Lo que era "peligro de cisma" se volvió "obligación de creer". Pero él no mira al Magisterio como la norma de los actos de los católicos, norma infalible y que jamás estará contra la "obligación de creer", porque eso iría no contra el dogma de la infalibilidad papal, sino contra el dogma de la infalibilidad de la propia Iglesia.
El quiere decidir solo: "No quiero aún decirlo de modo solemne y formal; pero, parece que sí, a primera vista...". Sin embargo, después de eso, perseveró en el error opuesto, en la insumisión, en su "la Fraternidad no acepta ni una ni otra solución". El "Non serviam" es categórico.
II.3. La insumisión a un papa "malo"
En la historia de la Iglesia, sólo los "teólogos" heréticos afirmaron ese "derecho de discutir" y de "no aceptar" la sumisión a superiores simplemente "malos" y sus leyes sobre disciplina y jurisdicción.
Todo el Derecho Público de la Iglesia se vería subvertido si se aceptase tal principio lefebvrista. Es la doctrina de Wiclef condenada por el concilio de Constanza: "El papa malo (...) no tiene poder sobre los fieles"; ante él "se debe vivir a la manera de los griegos, bajo leyes propias" (D.588-589; D.S. 1158-1159).
Se argumenta que San Roberto Belarmino predicó la resistencia y la no obediencia a un papa que tratase de destruir a la Iglesia. Ahora bien, lo que San Roberto enseña es la resistencia al mero errante accidental, en materia de fe, como San Pablo ante San Pedro. Pero no es la resistencia a las leyes tradicionales sobre un papa que cae en herejía, en un delito pertinaz en materia de fe, durante décadas.
El Santo Doctor jamás enseñó esta "resistencia" o "desobediencia". Ni tampoco podía: Cristo predicó la obediencia a los fariseos sentados en la cátedra de Moisés (S.Mt. XXIII,2-3) y San Pedro enseñó la obediencia a los superiores "malos" e "injustos": "Servi subditi estote in omni timore dominis, non tantum bonis et modestis, sed etiam dyscolis (...) patiens iniuste" (I Pe. II,18-19).
Esta es la ley de la fe que hay que defender y no es "nuestra fe" lefebvrista que coincide con el "derecho" a la libertad religiosa del Vaticano II que pretende defender "su fe", sus "normas propias", sus "principios religiosos", su "libre criterio propio".
Santo Tomás enseña sobre las sentencias injustas: "Se debe obedecer humildemente (...) pero si [orgullosamente] se despreciase esa obediencia, se pecaría mortalmente". Y cita a San Gregorio Magno: "Sententia pastoris, sive iusta sive iniusta, timenda est" (Summa Theologica, Supplementum, 21,4,c. y Sed contra).
En este caso, pues, el "habeatur tamquam haereticus" del canon 2315 es la norma infalible de la Iglesia, a la cual un verdadero subdito de la Iglesia no tiene el "derecho" ni el "deber" de desobedecer. Obedézcase al Vaticano I imponiendo el "deber de subordinación jerárquica y de verdadera obediencia" (D.1827; D.S.3060).
Los subterfugios del prelado sobre un papa "malo" y un papa "errante" no consiguen ocultar su insumisión a estas leyes tradicionales, a esa norma vigente.
III - LA "IMPERFECCIÓN" DE LA "IGLESIA" REGIDA POR HEREJES PÚBLICOS
III.1. El nuevo nestorianismo lefebvrista
La "solución" lefebvrista para los delitos públicos en materia de fe no son las leyes tradicionales contra esos delitos, sino el cambio de credo sobre la naturaleza de la Iglesia.
He aquí su predicación: El 29 de jumo de 1982:
"Se ven las consecuencias de los que se escandalizan de la realidad, de la verdad (...), de la situación de la Iglesia. Pensábamos que la Iglesia era realmente divina, que nunca podía equivocarse, que nunca podía engañamos. En verdad es así (...) Pero ella es también humana (...)
"Sí, la Iglesia es divina, pero es también humana. Está sustentada por hombres que pueden ser pecadores, que son pecadores, y aunque participan en alguna manera de la divinidad de la Iglesia (como, por ejemplo, el papa por su infalibilidad (...), a pesar de seguir siendo hombre) siguen siendo pecadores. Salvo cuando usa el carisma de la infalibilidad, el papa puede equivocarse, puede pecar. No tenemos porqué escandalizarnos y decir al estilo de Arrio que él no es papa (...).
"O como otros que divinizaron a la Iglesia al punto de que todo en ella sería perfecto, podríamos decir: no es cuestión de hacer algo que se oponga a lo que viene de Roma porque todo en Roma es divino y debemos aceptar todo lo que venga de illí (...).
"Hoy en día algunos dicen: nada puede ser humano en la Iglesia. También éstos se equivocan. Estos no admiten la realidad de las cosas. ¿Hasta qué punto puede llegar la imperfección de la Iglesia; hasta dónde puede llegar, diría yo, el pecado en la Iglesia, el pecado en la inteligencia, en el alma, en el corazón, en la voluntad? los hechos lo muestran (...).
"Nunca habíamos pensado que el mal y el error pudiesen penetrar en el seno e la Iglesia. Ahora vivimos esta época: no podemos cerrar los ojos. Los hechos parecen ante los ojos y no dependen de nosotros (...).
"Estamos llegando al fin. Todo el mundo caerá en la herejía. Todo el mundo caera en el error porque, como decía San Pío X, se infiltraron unos clérigos en el interior de la Iglesia, la ocuparon y difundieron sus errores gracias a los puestos claves que ocupan en la Iglesia (...).
"La Iglesia es divina y la Iglesia es humana. Sólo Dios sabe hasta qué punto las faltas de la humanidad pueden afectar - me atrevo a decir- la divinidad de la Iglesia. Es un gran misterio. Comprobados los hechos, debemos enfrentarlos. No es primera vez que ocurre una cosa así en la Historia (...).
"Es un gran misterio esta unión de la divinidad con la humanidad".
III.2. La unión de la divinidad con la humanidad
III.2. La unión de la divinidad con la humanidad
Después de 20 siglos de Iglesia, monseñor Lefebvre viene a predicar una "verdad" nueva en la cual "nunca habíamos pensado", a pesar de "no ser la primera vez que ocurre una cosa así en la historia". Y ¿cuál es esa "verdad" lefebvrista, esa "realidad" que "los hechos muestran"? ¿Que sólo "ahora", "en esta época" sabemos?
San Pablo predicó que la Iglesia es "non habentem maculam aut rugam aut aliquid huiusmodi", sino "sancta et immaculata" (Ef.V,27). Monseñor Lefebvre predica que es un "equívoco" pensar que ella es perfecta: hay "imperfección de la Iglesia" y "pecado en la Iglesia"; "el error puede penetrar en el seno de la Iglesia"; es algo "equívoco" creer que ella "nunca podía equivocarse y nunca podía engañamos". Y afirma que negar esto es una herejía "al estilo de Arrio".
¿Y cuál es la "imperfección de la Iglesia"? El poder tener ella un papa pecador. Pero siempre se supo que un papa puede tener pecados morales, fallaren el ejercicio de la justicia. No es esa por lo tanto la novedad lefebvrista ni lo que la "realidad" ni "los hechos muestran", según él: ahora son los delitos de "apostasía, herejía y cisma" —ya vimos— los que son atribuibles a los papas "válidos".
Es la posibilidad de "firmar decretos que causan la ruina de la Iglesia y la destrucción de la fe". Es, como dirá después monseñor Lefebvre, la posibilidad de que haya un papa no "perfectamente católico" (dossier sobre las consagraciones) o, como escribió el padre Ceriani al publicar estos textos: el papa "puede favorecer la ruina de la Iglesia, la propagación de la herejía y hasta aceptar una fórmula no totalmente ortodoxa y seguir gozando del Pontificado".
Al "derecho de discusión" y de "oposición a lo que viene de Roma" le corresponde el derecho de heterodoxia y hasta de apostasía por parte de los miembros de la Jerarquía. Monseñor Lefebvre pasa subrepticiamente de simples "equívocos" no intencionales y de "imperfecciones" morales al derecho de heterodoxia en el Pontífice Romano.
Pablo VI habló de la "unidad imperfecta" en la fe entre la Iglesia y las sectas heréticas. Monseñor Lefebvre habla de la "imperfección de la Iglesia", por la cual el Romano Pontífice puede, sin perder los derechos y poderes papales, dejar de profesar el credo católico.
La "verdad" del prelado francés no es pues la ley de la vacancia expresada por el Derecho Público de la Iglesia, sino el cambio del Derecho Divino y del credo católico sobre la perfección e infalibilidad de la Iglesia, una en su fe y santa. Los "errores" del papa y su herejía pública pueden incluso "afectar a la divinidad" de la Iglesia. "La época" presente nos enseña eso, esa "realidad".
Es un "equívoco", un error del pasado pensar que la Iglesia "nunca podía equivocarse y nunca podía engañamos". "Pensábamos" así en el pasado y "nunca habíamos pensado" que un papa heterodoxo pudiese seguir siendo papa. La "verdad" ahora es otra. Los errores pueden provenir de los "puestos clave" de la Iglesia, del cargo papal, de las leyes de la Iglesia.
Cuando el 27 de setiembre de 1976 monseñor Lefebvre fue suspendido "a divinis", afirmó: "La Iglesia que afirma tales errores es cismática y herética. Esta Iglesia conciliar no es católica" (cf. ROMA, №111, p.84). Pero ahora vemos que él considera como católica a la iglesia que tiene un papa hereje y cismático: cambia la naturaleza de la Iglesia católica por no someterse a las leyes católicas sobre los delitos contra la fe y sobre la vacancia. Admite la "iglesia" hereticista, "imperfecta". Y afirma que "no debemos escandalizamos" de esta nueva "verdad" lefebvrista.
III.3. Atribución de delitos a la Iglesia
Además de los sofismas y eufemismos sobre el papa "errante" y "malo", mons. Lefebvre no discrimina entre delitos de "naturaleza" diferente (Pío XII: Mystici Corporis). Ni todo errante es hereje; ni todo malo es hereje, pero todo hereje es errante y malo. Y el "caso" presente, por el propio testimonio de los dos prelados es de herejía.
Los textos lefebvristas sobre un papa errante y malo tienden a excusarlo de la insumisión a las leyes de los delitos públicos contra la unidad de la fe, como si ni existiesen hoy o como si, existiendo, el orden jurídico de la Iglesia no tuviese medios de determinarlos, ya sea por el Derecho divino (Tito III,10), ya sea por el eclesiástico (Canon 2315).
De ahí que la doctrina del prelado "subvierte la constitución divina de la Iglesia" (D.1686; D.S.2886), admitiendo una Iglesia gobernada por herejes (haereticorum ductu) y unida por unidad "imperfecta" en el credo. El nombre católico se vuelve un género que agrega diferentes especies de credo, en partes iguales, en parte diferentes. Era eso lo que predicaba la "Teoría de los ramos" de los anglicanos (D.1685; D.S.2885) y lo que predicaban los pancristianos (Pío XI: Mortalium ánimos).
Entonces, la "resistencia" lefebvrista al ecumenismo herético es un mero "velo de malicia" para ocultar su admisión de herejes públicos en el gobierno de la Iglesia. Él subvierte la doctrina de la bula "Unam sanctam" de Bonifacio VIII (D. 468-469; D.S.870-875).
Pío VI enseña que la admisión lefebvrista de un régimen "nocivo y peligroso" en la Iglesia, de "decretos papales causantes de la destrucción de la fe", es una doctrina "injuriosa para la Iglesia y para el Espíritu de Dios por el cual ella se rige"; una doctrina "falsa" (D.1S78 D S 2678)
Gregorio XVI es categórico; "es completamente absurdo y altamente injurioso afirmar que sea necesaria cierta restauracion y regeneración para retornarla [a la Iglesia] a su primitiva incolumnidad (...) como si fuese posible siquiera pensar que la Iglesia está sujeta a la ignorancia o a otra cualesquiera imperfecciones".
He aquí la contradictoria a la "imperfección de la Iglesia" predicada por mons. Lefebvre. "Sería reprobable y bastante ajeno a la veneración con que deben ser recibidas las leyes de la Iglesia condenar, por una caprichosa ansia de opiniones cualesquiera, la disciplina sancionada por Ella (...) o presentarla como defectuosa e imperfecta"(Mirari Vos).
Entonces, las leyes de la Iglesia sobre delitos contra la fe y sobre la vacancia son de Derecho divino, forman parte de la constitución divina de la Iglesia y las "disposiciones legales o legalistas [que] ciertamente impiden o dificultan gravemente la salvación de las almas" no son "formalidades jurídicas y administrativas" en relación a las cuales los fieles pueden obrar "sin hacerse problemas" con ellas, como escribieron algunos padres de Campos ("O ministerio sacerdotal en periodo extraordinario de grave crise").
León Xlll repite que es "absurda" esta doctrina de una Iglesia gobernada por miembros que no son suyos (Satis cognitum). Pío XI enseña como Gregorio XVI: la Iglesia "jamás se contaminó en el decurso de los siglos ni en época alguna puede ser contaminada" (Mortalium ánimos). Eso contradice la "verdad" lefebvrista sobre lo que —según él dice— "la época" presente le enseñó. Sólo los modernistas hacen "la verdad" variable con "las épocas".
Pío XII, en la "Mystici corporis" contradice frontalmcnte la doctrina lefebvrista: en la Iglesia "no puede existir sino una fe (Ef.IV,5)"; "los divididos entre sí por la fe o por el gobierno, no pueden vivir en este cuerpo único, ni de su Espíritu". El pecado de herejía "por su propia naturaleza separa de la Iglesia". "Si a veces se ve algo que manifiesta la flaqueza humana en la Iglesia, esto por cierto no debe ser atribuido a su constitución jurídica (non iuridicae est eius constitutioni atribuendum)". La Iglesia es "absque ulla macula", sin mancha alguna. "Si alguno de sus miembros peca no se puede imputar eso a una imperfección de la Iglesia (eidem vitio verti nequit)". El vínculo esencial de la Iglesia es de orden "non naturalis" sino que "sobrepasa todo orden de la naturaleza (omnem nalurac ordincm evincit)". Quien obra en la Iglesia es el propio Dios (in ea operatur).
Vemos cómo mons. Lefebvre contradice estas enseñanzas del Magisterio católico. Él no distingue entre falibilidad personal del papa a infalibilidad "ipsius Ecclesiae" (D.S.3116), atribuyendo a la propia Iglesia errores y "equívocos" del papa y no sometiéndose a la ley y a la doctrina que separa los diferentes géneros de "errores". Quiere una "Iglesia" nestoriana donde los errores personales de cada uno sean atribuidos a la Iglesia, sean "imperfecciones de la Iglesia". Siendo estas "imperfecciones" delitos contra la fe y pudiendo "influir en la divinidad" de la Iglesia, la Iglesia ya no sería más la maestra de la verdad. Es lo que Hans Küng y los modernistas pretenden.
IV. LA MORAL RELATIVISTA DE MONS. LEFEBVRE
IV.1. Juzgar conforme a las circunstancias
Para escapar al deber de "considerar como hereje" a quien no confiesa la fe de modo inequívoco cuando es urgido a hacerlo en razón de sospechas sobre su ortodoxia, mons. Lefebvre establece el "derecho de discutir" las leyes de la Iglesia y de "oponerse a lo que viene de Roma" conforme a las circunstancias. Superpone la prudencia de los gobernados a la prudencia del legislador en materia de delitos contra la fe.
Los modernistas de las márgenes del Rin enseñaron la "Situationsethik", un actualismo ético, la moral individual sin leyes universales. La enseñanza de mons. Lefebvre coincide plenamente con los postulados de esa ética.
Así, el 18 de marzo de 1977 dijo:
"Puede ser que en el futuro sojuzgue este período y que se diga que existieron afirmaciones contra la Tradición y que por lo tanto estos papas no lo fueron. Pero, por el momento, creo que sería un error seguir esta hipótesis".
El 5 de octubre de 1978 declara:
"Adopto una actitud prudencial, una prudencia que espero sea la sabiduría de Dios, don de consejo, prudencia sobrenatural. Me sitúo en este orden más que en el orden puramente teológico, puramente teórico. Pienso que Dios no sólo nos pide tener ideas claras desde el punto de vista teórico y teológico, sino también en la práctica (...); obrar con cierta sabiduría, con cierta prudencia, que puede aparecer un poco en contradicción con ciertos principios y no ser una lógica absoluta. En muchos casos, estamos obligados más que a seguir una lógica implacable, a comprenderque otros elementos entran en juego, además de la lógica pura de los principios. Existe la lógica de la caridad, de la sabiduría, de un conjunto de circunstancias que se deben tener en cuenta. Si se aplicase siempre la lógica integral, se correría el riesgo de ser muy duro, y, en cierto modo, injusto, pues en ese caso, no se considerarían suficientemente las circunstancias.
"Nos encontramos en una situación real y práctica (...). La obediencia ciega no es conforme a la prudencia (...). Los que razonan de manera muy lógica, sin considerar todos los matices que existen en la realidad, la cual no está hecha de una lógica implacable, concluyen precipitadamente que el papa no es papa (...). En la práctica, esto no tiene influencia en nuestra conducta porque rechazamos lo que va contra la fe sin saber quien es culpable (...).
"Están los que dicen: usted no es lógico; tendría que condenar esto o aquello... Mi actitud es prudencial, de sabiduría práctica"
El 16 de enero de 1979 dice:
"Pienso que existe una línea de realismo seguida por la fraternidad"
"Pienso que existe una línea de realismo seguida por la fraternidad"
El 8 de noviembre de 1979 dice:
"Se debe reconocer que (el papa) causó y ocasionó un seno problema de conciencia a los católicos. Sin indagar, ni conocer su culpabilidad en la destrucción le la Iglesia, no se puede dejar de reconocer que él aceleró las causas en todos los ordenes" (...). "Concluir a partir de estos hechos precisos que el papa es hereje y que por lo tanto ya no es papa, es ir un poco rápido en el razonamiento (....). Pienso que la realidad es más compleja de lo que imaginan los que razonan así. Temo que estos dejen de lado la teología moral y la ética y que razonen de modo puramente especulativo. La teología moral y la ética nos enseñan a razonar y a juzgar según un contexto de circunstancias que estamos obligados a examinar para juzgar sobre la moralidad de un acto (...). Que cada uno entre en la linea que creo que debo seguir, en conciencia, ante Dios. Creo necesarias estas precisiones para permanecer en el espíritu de la Iglesia".
IV.2. Relativismo lógico y moral
El análisis de esta doctrina muestra nuevamente el individualismo del prelado de Ecóne, sin apoyo en el Magisterio de la Iglesia. No lo cita en ningún momento. Desliga o posterga el obrar del "orden teológico, puramente teórico" de la "lógica absoluta", de la "lógica de les principios", del "razonamiento especulativo". A la manera de los agnósticos positivas y materialistas, su "línea de realismo" considera como "realidad", como "real", sólo los hechos singulares concretos, como si las verdades y leyes universales no se identificasen con las esencias reales de los seres singulares. Su "realidad no está hecha de lógica". Este es el dogma central del agnosticismo, del modernismo, del antiintelectualismo condenado por Pío IX (D.1759-1760; D.S.2959-2960).
El Derecho, en la concepción cristiana, opuesta a la de los materialistas es parte de la ética natural y la ética cristiana tiene su fundamento en la fe, en Dios, sin el cual toda ética es vana. Entonces, juzgar "a partir de los hechos", en vez de fundarse en la fe y en la razón, en la teología dogmática y en la filosofía cristiana, es fundar una"práctica" y una "ética" sin una base que trascienda las circunstancias y hechos concretos.
Afirmar que no puede concluir si el papa es papa porque no conoce todas las circunstancias y matices que rodean los "hechos del papa" es ignorar el Derecho Divino (Tito III,10; II Juan 9-10) y el de la Iglesia (cánones 2315,2314 y 188 n.4) que sólo exigen que el delito papal sea público y visible como lo es el orden jurídico de la Iglesia terrestre.
¿Y será verdadera esa afirmación lefebvrista de ignorancia? ¿No será afectada? Afirma que "no se puede dejar de reconocer que él (el papa) aceleró las causas..." de la destrucción de la fe. "Firmó decretos que causan la destrucción de la fe" en millones de almas.
Mons. Lefebvre afirma su "derecho de resistir" al papa porque enseña doctrinas contra la Tradición. Entonces, no es verdadera su excusa para no someterse a los cánones de la Iglesia. El prelado habla de "culpabilidad" y"moralidad del acto" del papa cuando lo que está en cuestión no es la culpa ni la moral en el foro interno de la conciencia papal, sino simplemente la existencia fáctica del delito de no confesión externa de la fe y de la enseñanza de una doctrina sin identidad con la Tradición, y la culpa jurídica determinada o presunta conforme al Derecho de la Iglesia. Lo que está en cuestión es el "ipso facto" y el "ipso iure" del canon 188 n.4. El conoce la existencia de los hechos, la "verdad" de esa existencia objetiva simplemente por la aplicación del principio de identidad fundamental de la lógica. Se trata de la "veritas evangelii" que San Pablo buscó en los actos de San Pedro (Gálatas II,14).
Y tan cierto es que conoce los hechos, que pretende construir una doctrina nueva en la Iglesia, la de la"imperfección de la Iglesia", la del papa "no perfectamente católico" y que adhiere, como dice un discípulo suyo, a "fórmulas no totalmente ortodoxas". Pero, mons. Lefebvre no quiere el "ipso iure" de la Iglesia contenido en los cañones sobre los delitos contra la fe y en el canon sobre la vacancia. Se opone al Derecho público de la Iglesia, reflejo del Derecho divino. Afirma que es "dura", "injusta" su aplicación y que son "radicales", o sea, intolerantes, los que se someten a aquél. Huye entonces de la ley universal hacia las circunstancias periféricas del delito contra la fe. En este punto concuerda con Dom Mayer, que escribió: "esta última cuestión no podría encontrar respuesta definitiva sino en función de las circunstancias concretas", porque la aplicación de los cánones de la iglesia, excepto en el caso —interpuesto por él en la ley— de la notoriedad fáctica del delito, "equivaldría a infligir un muy grave perjuicio a las almas y a la Iglesia en general" (La nouvelle messe, pp.280 y 277).
Entonces, los prelados se vuelven jueces del orden jurídico de la Iglesia, colocándose por encima del legislador supremo. Ahora bien, se contradicen constantemente: ¿acaso no fue el propio mons. Lefebvre quien afirmó que cualquier católico que en los años precedentes al Vaticano II afirmase las doctrinas del mismo concilio y de sus papas sería condenado como hereje? ¿Acaso los jueces de los siglos precedentes que condenaron a Hus, Wiclef, Lutero y Loisy juzgaron la culpabilidad interior de esas personas, la moralidad de sus actos ante Dios, o sólo la culpa jurídica ante el foro externo de la Iglesia? ¿Acaso esos jueces fueron intolerantes, "radicales", "ultras", "duros", "injustos" cuando condenaron a esos herejes públicos?
La ética de situación de los prelados, al exigir un examen de circunstancias, afirma que es "rápida" la conclusión de la aplicación de la ley al "caso" singular de un papa, olvidándose de que el juicio de identidad entre un concepto universal y su existencia en un hecho singular no depende del tiempo que dura el acto del intelecto, sino de la evidencia de la identidad entre uno y otro.
Son los propios prelados quienes niegan la verdad doctrinaria de la enseñanza de los papas actuales: no pueden, pues, negar la verdad de la aplicación de la ley, especialmente cuando la enseñanza de los herejes es pertinaz, continuada y constante.
El desvío doctrinal lefebvrista aparece al afirmar que es "un error por el momento" lo que admite que puede ser verdad "en el futuro". Tal afirmación es la sentencia del relativismo, del modernismo, de la sustitución de la "lógica absoluta" por la relativista.
Es falso que la teología moral católica y la ética enseñada por la filosofía cristiana:"enseñen a razonar y a juzgar según un contexto de circunstancias...". Estas ciencias enseñan a razonar y a juzgar conforme a los principios y leyes universales, absolutos, dependientes de todas las circunstancias.
Tal doctrina del prelado es la quintaesencia de la ética de situación modernista. Según ésta, "la sociedad católica de América aplicó el relativismo universal respecto a la sexualidad humana". El modernismo "adapta la doctrina a los tiempos y lugares" (D.2059; D.S. 3459). Para ella, los mártires serían tontos y los que luchan por cumplir los preceptos morales católicos serían ineptos. Todas las leyes divinas y eclesiásticas serían variables con la fluidez continua de las "situaciones concretas".
Por esta doctrina, Dom Mayer coloca la ley universal de la sede vacante bajo el juicio personal de los prelados: "Su aplicación concreta exigiría el examen de una casuística extensiva" (op. cit. p. 281). Pío VI condenó ese "examen" de la aplicabilidad de la ley de la Iglesia bajo el juicio personal, como querían los jansenistas (D. 1578, D.S. 2678).
Es falsa por lo tanto la conclusión de mons. Lefebvre de que su doctrina "en la práctica no tiene influencia en su conducta, porque rechaza lo que va contra la fe sin saber quién es culpable". Ella influye enormemente: altera la fe que hay que defender, cambia el concepto de "verdad" jurídica y moral y deforma el concepto de Iglesia. Esto es evidente.
IV. 3. El positivismo jurídico
San Roberto Belarmino refutó el error de Cayetano consistente en no distinguir entre "esse papa" y "bene esse papa". No puede ser un papa "malo" o "errante" quien no es papa. No está pues en cuestión la "moralidad" o"justicia" de los actos de un papa, como mons. Lefebvre trata de hacer creer, sino la verdad sobre la existencia del poder papal en determinado sujeto que, por su voluntad, "scienter et volenter", de modo pertinaz enseña otra fe y no confiesa el credo tradicional íntegro. No es "radical", "duro" ni "injusto" quien afirma la verdad del ser.
El prelado francés, por lo tanto, cambia el problema considerándolo como de "orden práctico" y de naturaleza moral, de "deber" y no de naturaleza lógica y ontológica. Su "deber de defender nuestra fe" es aquí un deber "a priori", anterior a las verdades de la razón y de la fe, un deber kantiano.
En ese cambio el Vaticano II colocó el "deber de buscar la verdad", sin leyes universales verdaderas que guían esa búsqueda, pero con "inquisición libre", guiada simplemente por la libertad individual. El "derecho" y el "deber" en la filosofía cristiana no vienen de los hechos ni de las circunstancias concretas.
IV.4. Condenación de esa moral por Pío XII
Pío XII enseñaba el 18 de abril de 1952: "Esta nueva ética está tan fuera de los principios católicos y de la fe que lo ve hasta un niño que sepa su catecismo". Luego, con ella los prelados, de ningún modo, cumplen "el deber de defender nuestra fe". Pió XII define la naturaleza de tal "moral": "Lo distintivo de esta moral es el no basarse en leyes universales (...) sino en circunstancias reales y concretas según las cuales la conciencia individual tiene que juzgar y escoger".
He ahí, "ipsis litteris", las palabras de los dos prelados. En esta moral "la conciencia individual no puede ser imperada por principios y leyes universales". Vimos cómo el prelado francés declara dejar de lado esos principios universales. "La fe cristiana —dice Pío XII— funda sus exigencias morales en el conocimiento de verdades esenciales [universales] y de sus relaciones".
Los predicadores de la nueva moral, como también los dos prelados, no llegan a negar las leyes universales; pero, se aproximan a eso, dislocándolas del centro de decisión "hacia los últimos confines" de la periferia. Dejan de ser"premisas de las cuales la conciencia extrae las consecuencias lógicas en cada caso singular". Sus adeptos colocan en el centro de decisión una noción vaga de "bien" y la "relación personal que nos liga a Dios". La conciencia se declara entonces "justificada" si decide cambiar la fe y no obeder a la ley: su decisión personal tiene un valor mayor que la de Dios o la de la Iglesia. Coloca a los individuos como productores activos de su ley y no como pasivos sumisos y obedientes a ella. Basta para esa moral la sinceridad de la gente, con cualquier fe o ley. Cada uno, según su criterio personal de valores, su grado propio de conocimientos, asume sus riesgos ante Dios, incluso si "cambia la fe", si "rechaza obedecer a la autoridad competente". He allí, "ipsis litteris", las palabras de mons. Lefebvre.
Como los lefebvristas se refieren peyorativamente a los "radicales", a los "ultra", a los "obedientes", los adeptos de la nueva moral también se refieren a los que se someten a las leyes universales como a personas de fidelidad farisaica, hipócritas y portadores de escrúpulos patológicos. Los términos depreciativos son los mismos.
Esta moral dice Pío XII— "abandona al hombre a si mismo" y "así muere la fe". "Para permanecer íntegra ante las situaciones, la fe exige a veces sacrificios y actos heroicos". ¿No es éste el caso actual? "¿Cómo la ley universal puede bastar y ser obligatoria en cada caso singular" (...) por su universalidad ella abarca intencionalmente todos los casos singulares en los cuales se verifican sus conceptos. En estos casos, muy numerosos, ella lo hace con una lógica tan concluyeme que hasta la conciencia de un simple fiel ve, inmediatamente y con plena certeza, la decisión que debe tomar".
Las relaciones esenciales del cristiano con la fe y con la Iglesia, valen en cualquier época, en cualquier situación, obligan incluso con riesgo de la vida si como consecuencia de la negación, omisión o ataque a la fe resulta un daño a la fe visible y social: "todo esto está gravemente prohibido por el legislador divino. Cualquiera que sea la situación del individuo, no existe otro remedio sino obedecer".
He allí la contradictoria de la moral lefebvrista. No basta la intención recta, Dios quiere también las obras. No es lícito hacer el mal para obtener un "bien". El fin no justifica el empleo de cualquier medio. He allí la falsa doctrina del "bien de las almas" a conseguir "sin misión canónica" para predicar, celebrar y administrar los sacramentos.
Los principios de la moral allí predicada por los prelados, si fuesen verdaderos, justificarían el cambio de la moral sexual como ya lo observó Pío XII. Un sacerdote de Campos invocó al "gran canonista Capello" para decir que la ley no rige en los casos extraordinarios, sino sólo en los casos comunes, para concluir que las leyes de los delitos contra la fe no se aplicarían a las "situaciones" de hoy. Sin haber ido a consultar a Capello, decimos: un delito contra la fe no es un "caso extraordinario" en el sentido de no regulado por la ley, sino sólo en el sentido de actos numerosos contra la ley o en el sentido de que es cometido por una persona que estaba más obligada a observar la ley por ser un miembro de la jerarquía. No se trata por consiguiente sino de una confusión del sacerdote entre "caso" regulado por la ley y una “situación” o "circunstancia" periférica que envuelve el caso. El delito contra la fe es materia regida por las leyes de la fe y por las leyes de la Iglesia.
IV.5. Bajo las apariencias de virtudes cristianas.
No existen virtudes cristianas desligadas de la "verdad", de la "veritas evangelii". Ni San Pedro fue virtuoso cuando se apartó de ella, sino cuando la estableció. Ahora bien, mons. Lefebvre opone supuestas virtudes personales y dones sobrenaturales a las leyes divinas (Tito III,10) y de la Iglesia (cánones sobre delitos contra la fe). Así, habla de su "actitud prudencial" y opone la obediencia a las leyes de la Iglesia, que él llama de "obediencia ciega", a la virtud de la prudencia. Por ella, debería examinar todas las circunstancias y matices de los "hechos del papa" para decidirse, pero se niega a decidirse alegando que no conoce todas las circunstancias.
Ahora bien, ¿dónde aparece en la moral cristiana la prudencia personal?. ¿Contra las leyes de la Iglesia? No. Pío XII lo dice: "Donde no existen normas absolutamente obligatorias, independientes de todas las circunstancias, ahí sí, la moral católica trata del examen previo de las circunstancias del caso". Y eso mismo, para encontrar la ley universal que se debe aplicar.
Ahora bien, en el caso de los delitos contra la fe, la circunstancia exigida por la ley es que el delito sea "público". Y el Derecho de la Iglesia define lo que entiende por delito público: lo "ya divulgado" o lo que "fácilmente será divulgado". Existe por lo tanto la ley positiva que se debe aplicar, la "regla de prudencia" que es la ley de la Iglesia:"donde se encuentra una razón especial de régimen, ahí se halla una razón especial de prudencia" (Santo Tomás, Suma Teológica, II-IIac,50,l). La prudencia personal consiste allí por lo tanto en someterse a las "cosas previstas y juzgadas" por el legislador de la Iglesia, en "cumplir las cosas ya decididas" (consiliata) (S.Tomás, Suma Teol., Il-IIae, 47,9). Los subditos participan de la prudencia de los gobernantes si obedecen a sus leyes universales (Suma Teol., II-IIae.47,12). Por lo tanto, los prelados no obran contra la prudencia en relación a las decisiones de un hereje público, sino en relación a las leyes de la Iglesia contra los herejes públicos. La prudencia personal versa sobre cosas contingentes (contingentia operabilia) y no sobre cosas necesarias como la exclusión de la Iglesia por delitos contra la fe. "Leges ponere in Ecclesia est principalis actus regnativae quae est pars prudentiae" dice Santo Tomás (ibidem).
Mons. Lefebvre habla de su don de consejo. Éste forma parte de la prudencia. Pero va contra este don obrar "divertens a regulis quibus rationes prudentiae rectificantur", obrar contra las reglas por las cuales las razones de la prudencia son rectificadas; obrar "per aversionem a regulis divinis". Ese don es no divergente en cada uno, sino"común a todos los santos... para hacer lo necesario para la salvación". Y tan necesario es "ad salutem" (Rom. X,10) la confesión externa de la fe, como la sumisión al Romano Pontífice es "de necessitate salutis" (Bonifacio VIII). Ese don en vez de incluir la desobediencia a las leyes tradicionales de la Iglesia, incluye la docilidad en relación a ellas, por la cual, aquél que lo posee es "bene susceptivus disciplinae" (Santo Tomás). Entonces, el don de consejo invocado por el prelado tiene una dirección opuesta a la de la doctrina cristiana.
Mons. Lefebvre dice que la conclusión de obedecer a la ley de la vacancia es "un razonamiento rápido", "una precipitación". Ahora bien, Santo Tomás enseña que "precipitanter agit" quien no se somete a las leyes y obra "ex contemptu regulae dirigentis", "depreciando y repudiando los documentos divinos (...) en detrimento de las cosas que son de necesidad de salvación". Afirma que es "temerario" tal modo de obrar (Suma Teol. 11-11,53,3 ad 2). El Tridentino lo confirma, al enseñar que es "temeridad propia" obrar sin misión canónica, es decir, contra las decisiones disciplinarias que competen al gobierno del papa (D.960; D.S. 1769). Tal especie de prudencia carnal fue la alabada por Honorio I en el heresiarca Sergio: Honorio "alabó" su "providencia y circunspección" en no predicar la doctrina de la fe (Kirch.1057).
En vez, de someterse a las leyes de la Iglesia, mons. Lefebvre dice el 2 de diciembre de 1976: "En este período posconciliar es mejor seguir a la Providencia que precederla (...) prefiero esperar los acontecimientos". Sin duda la Providencia rige a la Iglesia; pero lo hace por medio de los jerarcas. A ellos les compete el ejercicio de la providencia humana contra los herejes, siguiendo las leyes de los legisladores de la Iglesia. Sin embargo, en 1988 el prelado "fija una fecha límite" al papa que tiene por válido y verdadero y declara que esa fecha es la "que la Providencia parece haber preparado'' (Dossier) para que él obrase contra las decisiones del papa que juzga verdadero.
Es la relación directa con Dios, apartándose de la ordenación social de la Iglesia que tiene por objeto los deberes de la fe. Bajo el sofisma de no someterse a la "obediencia ciega", no se somete a las leyes tradicionales sobre delitos contra la fe.
¿Qué especie de "sabiduría" es ésa a que alude cuando la separa de la lógica racional y de los principios teológicos y que pretende una "práctica" no regida superiormente por la razón y por esos principios "teóricos" y"especulativos"? "Ad prudentiam necessarium est quod homo sit bene ratiocinativus", dice el Angélico (Suma Teol. II-II, 49,5). "La rectitud de la justicia en los subditos está en la obediencia a los gobernantes" dice Santo Tomás; él es el "custos iusti".
Mons. Lefebvre, sin embargo, juzga que sería "injusto" y "duro" obedecer a las leyes de los delitos contra la fe sin un examen integral de las situaciones. Opone la "lógica de la caridad" y la "lógica de las situaciones" a la lógica racional que aplica las leyes universales a los casos singulares. Declara obrar con "cierta contradicción" en relación a los principios. Ahora bien, San Juan es el Apóstol de la caridad y ordena "no recibir" y "no saludar a quien no traiga la doctrina cristiana" (II Jn. 10).
Mons. Lefebvre lo contradice: quiere la "unión" con esa persona, quiere una "caridad" desligada de la verdad, cambiando pues la verdad por los hechos. Pío XI rechaza esa "caridad que se desvía en detrimento de la fe". La caridad se apoya en la fe íntegra, como en su fundamento; por lo tanto es necesario unir a los cristianos por la unidad de fe como en su vínculo principal" (Mortalium ánimos). No es caridad para con nadie dejar al hereje como falso pastor causando la pérdida de millones de almas.
Así, la apariencia de virtudes cristianas que mons. Lefebvre opone a la razón, a la sumisión a los principios de la fe y a las leyes del régimen de la Iglesia se asemejan a las que Inocencio III señaló en los herejes valdenses que predicaban sin misión canónica y que San Pablo indicó: "Sub specie pietatis, virtutem eius abnegantes" (II Tim. III,5). Obra bajo las apariencias de piedad, pero renegando de la verdadera virtud de piedad.
V.LA "NO CONDENACIÓN" DE LOS MODERNISTAS
V.1. La permanencia de los herejes
Mons. Lefebvre declara el 8 de noviembre de 1979:
Mons. Lefebvre declara el 8 de noviembre de 1979:
"Un buen número de teólogos piensa que el papa puede ser hereje como doctor privado (...). Es necesario por lo tanto examinar en qué medida Pablo VI quiso empeñar su infalibilidad en diversos casos en los cuales firmó textos próximos a la herejía, si no heréticos".
"Observamos que en todos estos casos él obró más como liberal que adhiriendo a la herejía..."
"El liberalismo de Pablo VI es suficiente para explicar los desastres de su pontificado. Pío IX (...) consideraba al liberal como destructor de la Iglesia. Un papa siendo liberal ¿puede permanecer papa? La Iglesia siempre amonestó severamente a los católicos liberales. Pero no los excomulgó a todos. También aquí debemos permaneceren el espíritu de la Iglesia. Debemos rechazar el liberalismo (...) porque la Iglesia lo condenó siempre con severidad (...). Ciertamente, sufrimos por esta incoherencia continua que consiste en elogiar a todas las orientaciones liberales del Vaticano II y, al mismo tiempo, tratar de atenuar sus efectos. Esto nos debe incitar a orar, a mantener la Tradición; pero no por esto a afirmar que el papa no es papa".
En diciembre de 1988 afirma:
"Podríamos haber adoptado muchas actitudes y, de un modo especial, la de una oposición radical: el papa admite ideas modernistas y liberales, luego es herético; por lo tanto, no es papa... Se trata de una lógica demasiado simple. La realidad no es tan simple. No se puede tachar a alguien de hereje tan fácilmente...". "Él ciertamente es un mal sucesor al cual no se debe seguir porque tiene ideas liberales y modernistas".
V.2. El elogio de todas las orientaciones liberales
La "incoherencia continua" de mons. Lefebvre es afirmada por él mismo y no se puede aceptar y seguir tal "incoherencia" y "contradicción cierta" con los principios católicos y racionales. El confunde la afirmación lógica y ontológica de negar que alguien sea papa, con una "oposición radical" a quien es de facto papa. Ahora bien, en ese caso, es él quien se "opone" a la ley tradicional sobre la vacancia. Se opone al canon 2315 cuando juzga que observarlo sería "tachar a alguien de hereje muy fácilmente". "No se puede" por consiguiente obrar según esa ley de la Iglesia.
Su pertinaz indiscriminación entre hereje, errante y malo lo hace pescar en aguas turbias: condena el liberalismo, el modernismo, pero no condena a quien "tiene ideas liberales y modernistas” y "firma textos heréticos" y los mantiene persistentemente.Si istalas "ideas" y "textos" son heréticos y la persona "obra" como hereje modernista, ¿para qué es necesario "examinar" si el papa quiere "empeñar su infalibidad" y "en qué medida"? Eso equivale a admitir que si no quiere empeñar la infalibilidad, él puede ser hereje público y papa. El la admisión del hereticismo en la jerarquía verdadera.
El canon 188 n° 4 afirma que el hereje público pierde el cargo. El prelado responde: "no por eso", y pretende que la Iglesia "no excomulgó a todos" los herejes públicos, o que San Pío X no excomulgó "a todos" los modernistas. Admite por consiguiente a herejes públicos católicos, a papas herejes católicos, sujetos de poderes jurisdiccionales y de derechos en la Iglesia.
Ahora bien, el canon 87 enseña que el cristiano bautizado es "persona" en la Iglesia, con todos los derechos y deberes "nisi ad una quod attinet obstet obex ecelesiasticae communionis vinculum impediens vel lata ab Ecclesia censura".
Ahora bien, la herejía es un óbice que impide el vinculo de la comunión eclesiástica. Negar eso es afirmar la "iglesia ecuménica", de credos divergentes. Luego, no puede afirmar mons. Lefebvre que el hereje público tiene poder y"derecho" jurisdiccional en la Iglesia.
Es falso que la Iglesia "no excomulgó a todos los modernistas". San Pío X lanzó la excomunión "ipso facto" contra todos los modernistas contradictores de la encíclica "Pascendi", defensores de proposiciones condenadas por el decreto "Lamentabili", "si las opiniones que defienden son heréticas, cosa que sucede más de una vez con los enemigos de esos documentos y sobre todo cuando defienden los errores de los modernistas, es decir, la reunión de todas las herejías" (D.2114). Ahora bien, es Mons. Lefebvre mismo quien afirma las "ideas" modernistas en el papa. Luego, no puede escapar de la conclusión que San Pío X sacó: están excomulgados todos los modernistas.
Entonces, rechazar el "efecto actual" de las sentencias "ipso facto" es ir también contra la constitución "Auctorem fidei" de Pío VI que afirma ese efecto; es seguir a los jansenistas. Y es también ir contra Pío XII que, en la "Mystici corporis" enseña la separación de los herejes "por la propia naturaleza" del delito.
Él "rechaza" lo que el Magisterio enseña. Quiere con los jansenistas "someter a examen" personal el Magisterio doctrinal y canónico de la Iglesia (D.1578; D.S.2678). El canon 2315 obliga moralmente: "sea considerado como hereje..." El prelado responde: "no se puede", "no por eso" pierde el cargo, "podemos tener muchas actitudes" ante el papa modernista, pero no esa. Se "elogian todas las orientaciones liberales del Vaticano II", a pesar de que la Iglesia "siempre condenó severamente" el modernismo y el liberalismo. Nuestro deber es sólo "atenuar los efectos"de los actos de los herejes, manteniéndolos sin embargo en el gobierno de la Iglesia.
"Multitudo non excommunicatur" dice el Derecho primitivo de la Iglesia. Pero, el canon 2314 dispone: "omnes et singuli haeretici et schismatici incurrunt ipso facto cxcommunicationem". La Iglesia, no condena el trigo, sino toda la cizaña "in medio tritici". Mons. Lefebvre contradice la norma de la Iglesia: "omnes et singuli", y responde "no a todos..."
Ciertamente, la Iglesia no condenó nominalmente a todos los arríanos, luteranos... Pero condena universalmente "a todos los demás herejes" (I concilio de Constantinopla, D.223; D.S.433). San Pío X ordenó que fuesen "destituidos sin contemplación de ninguna especie" todos los rectores y profesores de seminarios que abierta u ocultamente favoreciesen el modernismo (Pascendi). Así, fueron excomulgados nominalmentc además del presbítero Alfred Loisy, profesor del Instituto Católico de París, los eclesiásticos: José Bittig, profesorde teología en Breslau; John Hehm, profesor de teología en Wurzburg; el historiador de la religión Ernesto Bonaiutti y el sacerdote José Turmel, de Rennes.
Entonces, el "espíritu de la Iglesia" que mons. Lefebvre defiende no es el "espíritu de la Iglesia" católica, sino de otra iglesia. El orden visible de la Iglesia dejaría de existir en el momento en que los herejes públicos no estuviesen fuera de la Iglesia, sino que fuesen sus jerarcas "válidos". Pío XI pregunta: "¿Acaso el objeto de la fe con el decurso de los tiempos puede volverse de tal modo oscuro e incierto que hoy sea necesario tolerar opiniones por lo menos contrarias entre sí? (...) Afirmar esto es sin duda blasfemo" (Mortalium ánimos).
VI. LA DUDA SOBRE EL MAGISTERIO TRADICIONAL
VI.1. Todo es mera opinión
El 18 de marzo de 1977 mons. Lefebvre reduce la ley de la Iglesia a una simple opinión particular dudosa:
"Si el papa fuese apóstata, hereje o cismático, según la opinión probable de algunos teólogos (si fuese verdadera) no sería papa y estaríamos en la situación de sede vacante. Es una opinión. Yo no digo que ella no pueda tener algunos argumentos en su favor, alguna probabilidad. Pero, no creo que sea esa la solución".
El 5 de octubre de 1978 declara:
"¿Cuál debe ser nuestra actitud en relación al papa? Aunque existe entre los tradicionalistas quien tenga una tendencia más radical que la mía y que la que intento inculcarles; esto no quiere decir que yo esté absolutamente cierto en la posición que adopto (...). Si el papa enseña algo contra la fe que nos fue enseñada ¿es hereje? Yo no lo sé. Si es hereje ¿es papa? ¿Un papa puede ser hereje? El trabajo de Xavier da Silveira recoje todas las opiniones al respecto (...) No oso decidirme entre estas opiniones e hipótesis. No me siento capaz porque noconozco suficientemente las circunstancias que rodean a los hechos del papa para determinarme de manera cierta que no tenemos papa".
El 16 de enero de 1977 afirma:
"Mientras no tenga evidencia de que no es papa, tengo la presunción en favor de él. No digo que no existan argumentos que puedan presentar una cierta duda. Pero es necesario tener evidencia. Si el argumento es dudoso no existe el derecho de sacar conclusiones que tienen consecuencias enormes. No se puede partir de un principio dudoso. Prefiero partir del principio de que se debe defender a nuestra fe. Pero, de ahí a decir que porque alguien ataca nuestra fe es hereje, que ya no es autoridad, que sus actos no tienen valor... Existe en esta actitud un peligro de cisma (...). No creo poder decir que tuve que cambiar de opinión... Gracias a Dios pienso haber juzgado de tal manera que debo perseverar en esta forma de pensar, a pesar de las objeciones que me hacen (...), a pesar de los que creen tener que atacarnos personalmente en revistas... Provienen de los "ultras"; creen tener el deber de criticamos y de llamarnos liberales porque queremos conservar esta manera de pensar sobre estos problemas".
El 8 de noviembre de 1979 dice:
"El estudio muy objetivo de Xavier da Silveira (Dom Antonio de Castro Mayer) muestra que buen número de teólogos piensa que el papa puede ser hereje como doctor privado". "Basta leer el libro de Xavier da Silveira para comprobar que es una cuestión muy discutida entre los teólogos y que no es una opinión clara".
En marzo de 1986 pregunta:
"¿Qué conclusión debemos sacar dentro de algunos meses ante estos actos repetidos de comunión del papa [en Asís], con cultos de dioses falsos? Yo no lo sé. Me lo pregunto. Pero es posible que estemos en la obligación de creer que este papa no es papa..."
VI.2. Duda sobre el Magisterio Infalible
Las doctrinas de Mons. Lefebvre atañen a la noción de la Iglesia una y santa, atañen a la sumisión a las leyes del Derecho público de la Iglesia; atañen a disposiciones solemnes del concilio de Trento (D.960 y 967; D.S. 1767 y 1777) sobre la misión canónica y del Vaticano I sobre la obediencia al papa y la naturaleza del poder papal. Hieren a estos puntos del Magisterio de los cuales ningún católico puede apartarse lícitamente.
El prelado, sin embargo, intenta escapar de todo presentando dudas sobre el Magisterio, las leyes canónicas y la Tradición. Pío XII enseñó que "quaestionem liberae inter theologos disceptationis iam haberi non posse" (D.S.3885), incluso cuando un papa verdadero enseña a través de encíclicas. Existe por consiguiente una duda ilícita y fraudulenta presentada subjetivamente contra lo que objetivamente debe ser aceptado de un papa verdadero.
Los herejes levantaron y levantan dudas fraudulentas sobre todo. Se acercan a nosotros —dice Tertuliano— declarándose en duda, pero, en cuanto traban relaciones con nosotros, pasan a sustentar sus opiniones contra el Magisterio infalible. El canon 1325 n.2 define como hereje no sólo a quien niega una doctrina de fe, sino también a quien "duda" de ella. Incluso de doctrinas que no son de fe, la Iglesia enseña que deben ser "mantenidas"(tenendam) si son propuestas de modo solemne o por el Magisterio ordinario y universal.
Respecto de las leyes morales universales, vimos que Pío XII enseña que incluso "un simple fiel percibe de inmediato y con plena certeza la decisión a tomar". No es el caso del examen exhaustivo de las circunstancias, de la moral de situación: "hasta un niño que sepa su catecismo sabe que la moral de situación está fuera de la fe y de los principios católicos".
Ante esto, la "duda" lefebvrista nos parece contra la fe. No distingue entre un católico y un hereje por los criterios de la Iglesia. En el siglo XVI, salvo San Roberto Belarmino, la mayoría de los teólogos estudió la cuestión de la herejía papal de un modo superficial y accesorio. Y después el Magisterio de la Iglesia explícito bastante con el Vaticano I (exégeis de la oración de Cristo por Pedro), con las encíclicas sobre la Iglesia y las sentencias "ipso facto" y con el derecho canónico.
Xavier da Silveira [Dom Mayer] no vio nada de eso. Juzga que una de las sentencias de Belarmino "es la buena", pero la contradice y no la sigue. Ella es repetida por el canon 188 n° 4. El canon 2315 no deja ninguna duda sobre la cuestión de hecho: obliga a tener por hereje a quien no profese inequívocamente el credo, después de haber sido amonestado.
Gregorio XVI juzga "absurda" la Iglesia "imperfecta" lefebvrista, León XIII juzga "absurdo" que quien no es miembro de la Iglesia pueda presidir dentro de la Iglesia. Pero el prelado francés, con Dom Mayer, todavía se apega a las disputas del siglo XVI, a la opinión "muy objetiva" del "estudio" de Dom Mayer, en vez de someterse al Magisterio autoritalivo de la Iglesia.
Nada quedaría en pie en la Iglesia, ni en el dogma, ni en la moral, si se siguiese tal criteriología y metodología: se oponen "opiniones" a "opiniones", sin criterios de autoridad divina y eclesiástica.
El "derecho de sacar conclusiones" basado sólo en la "evidencia" personal, apartado el criterio autoritativo de la Iglesia es el método del "juicio propio" de los herejes (Tito 3,10). Es el "derecho" a la libertad religiosa donde la razón individual se eleva por encima de la autoridad que viene de Dios por medio del Magisterio tradicional. La distinción entre cristiano y hereje se torna libre, imprecisa, "ecuménica".
VII. LA IMPOSICIÓN DE LA FIDELIDAD A SI MISMO
VII.1. Yo dije, yo quiero, yo no sé...
A pesar de presentar como cosas dudosas a leyes del Derecho público de la Iglesia y a las enseñanzas solemnes de los Concilios y al Magisterio tradicional de la Iglesia, mons. Lefebvre pretende una sumisión a sí mismo, a sus opiniones y normas de acción contrarias a las de la Iglesia, contrarias a la propia razón. Dicta el pensamiento y la norma de acción de su Fraternidad y de comunidades afines.
El 8 de noviembre de 1979 afirma:
"Nuestra Fraternidad rechaza compartir estos razonamientos. Queremos permanecer unidos a Roma, al sucesor de Pedro; pero rechazamos su liberalismo por fidelidad a sus antecesores".
"No puedo permitir que se entre en una vía que desoriente completamente a los fieles...".
"Es la posición de la Fraternidad: yo quiero que todos, incluso los fieles, sepan cuál es. Que los fieles sepan que si alguno de nosotros predica que no hay papa, no predica en conformidad con lo que piensa la Fraternidad(...), con la línea que creo delante de Dios que debo seguir (...)".
El 25 de lebrero de 198G escribe:
"Dije a aquellos sacerdotes que no siguen las directivas que les dimos que ellos rompen con el espíritu de la Fraternidad; que conducen a los fieles que nosotros les confiamos a una posición que no es la nuestra: que, si existen dificultades en las comunidades, no proceden de la actitud que nosotros tenemos, sino de la que tienen ellos y que no corresponde a la de la Fraternidad: pero que es, en definitiva, una falta de fidelidad y de lealtad"
En setiembre de 1982 declara:
"Felizmente la Fraternidad no está sola. Con ella están los dominicanos y dominicanas, los capuchinos, etc.... ella continúa la Iglesia".
"La Fraternidad no es un partido, ni una secta..."
VII.2. La Fraternidad: unión cismática
"Felizmente la Fraternidad no está sola. Con ella están los dominicanos y dominicanas, los capuchinos, etc.... ella continúa la Iglesia".
"La Fraternidad no es un partido, ni una secta..."
VII.2. La Fraternidad: unión cismática
Antes, mons. Lefebvre dijo: "No quiero decir que esté absolutamente cierto en la posición que adopto..."." Yo no lo sé...". "No oso decidirme entre estas opiniones". "No tengo evidencia" (5-10-1978).
Pero, levantando la duda sobre el Magisterio doctrinario y canónico, sobre la Tradición, pasa a sustentar "la posición de la Fraternidad", "el espíritu de la Fraternidad" que "rechaza" la sumisión al Magisterio: "la Fraternidad rechaza..."; él "no puede permitir" otra sentencia distinta de la suya. Usa la primera persona singular o, de modo mayestático, la primera persona del plural: yo, nosotros: "yo no puedo...", "nosotros rechazamos", "nosotros les dimos", "les confiamos", "es nuestra posición", aunque con "cierta contradicción" y con "incoherencia continua" en relación al Magisterio y "sin participar del razonamiento" aunque "muy lógico". La sumisión a las leyes de la Iglesia "desorienta a los fieles", es una mera "opinión" que, con un extraño eufemismo, "no dice que no tenga alguna probabilidad", "algún argumento a su favor" Pero, en favor de la "posición de la Fraternidad", no cita absolutamente nada que provenga del Magisterio, sino sólo su opinión opuesta al Magisterio. El da "directivas"mientras se rehusa a someterse a las normas del Derecho Público de la Iglesia. El, "sin misión canónica" y en oposición a un papa que tiene por "válido" "confía fieles a sus sacerdotes", a los que escogieron libremente"obedecerle" a él en vez de obedecer al papa. Él se aparta de la lógica y de la "teología teórica", "fija fechas" para el papa, hace "acuerdo doctrinarios" con él y libremente los rompe, quiere "fidelidad y lealtad" a sí mismo. El aún no decidió de "modo solemne" que sea "imposible que un hereje público sea papa" (lo dijo en marzo de 1986). Se ve que, en todo, el prelado quiere la sumisión a sí mismo, a su opinión "incierta", sin el menor apoyo en ningún criterio dogmático y canónico.
Las Ordenes religiosas y las Congregaciones religiosas no tienen un credo propio, están sometidas a las leyes canónicas y a los papas que las promulgan. "Los obispos pierden el derecho y el poder de gobernar si se separan conscientemente de Pedro" (León XIII, Satis Cognitum). Los "razonamientos" se rigen por la criteriologia y son universales, pero el prelado los aparta, rechaza "razonamientos muy lógicos" y quiere seguir en la "práctica" una "prudencia" personal opuesta a la del legislador de la Iglesia. Sólo las sectas cismáticas siguen esa "unión" de la Fraternidad, más allá de la lógica, más allá de la fe, más allá de las leyes de la Iglesia, escogiendo aquello en lo que "obedecen". Es una "unión" libre, ecuménica, no bajo el régimen tradicional.
Mons. Lefebvre quiere servir a dos señores opuestos: al papa hereje y al régimen tradicional opuesto a él; quiere "unión" con la fe y con la herejía; con la Iglesia santa y con la iglesia pecadora; con la moral absoluta y con la moral relativista; con la Iglesia católica y con la iglesia no "perfectamente católica" donde se puede adherir a "fórmulas no ortodoxas" y seguir gobernando a los fieles. Quiere la "societas luci id tenebras" (II Cor. VI,14), quiere "compatibilizar" cosas incompatibles como la fe y la herejía, borrando los límites definidos entre el hereje y el cristiano católico. Contradice la Revelación en cuanto al "no fundarse en la propia prudencia" (Prov. III,5).Bajo el sofisma de no obedecer un papa hereje, no obedece a las leyes tradicionales sobre los herejes (cánones 2315,2314,188 n°4), se obedece a sí mismo y quiere ser obedecido por los "fieles" que confía a "sus" sacerdotes.
Él quiere "tracer son sillón" diría San Pío X, y "sub specie pietatis" como dijo San Pablo (II Tim. III,5).
Laus, honor et gloria Domino nostro tremendae majestatis.
A.M.D.G.V.M.
A.M.D.G.V.M.
Homero JOHAS