miércoles, 30 de junio de 2021

INSTRUCCIÓN RELIGIOSA 7 - LO QUE SE HA DE OBRAR por el Pbro. Galo Moret

 



TERCERA PARTE
LO QUE SE HA DE OBRAR

DOCTRINA DE LA CARIDAD
MANDAMIENTOS DE LA LEY DE DIOS
PRECEPTOS DE LA IGLESIA – VIRTUDES CRISTIANAS


La caridad.
La caridad consiste en amar a Dios sobre todas las cosas y al prójimo como a nosotros mismos por amor de Dios.
En el amor de Dios y del prójimo está comprendida toda la ley de Dios

El amor de Dios.
Hemos de amar a Dios sobre todas las cosas, porque El es infinitamente bueno, y porque de El recibimos todo bien.

Siendo Dios infinitamente bueno, merece amor infinito.
Sólo el mismo Dios puede amarse como El merece ser amado.
Nosotros, ya que no podemos amar a Dios como El merece ser amado, amémosle tanto cuanto podamos.
La medida de nuestro amor a Dios sea amarle sin medida, amarle cada día más y más.
Dios es quien nos da y conserva continuamente todo cuanto tenemos;
sin su ayuda no podemos mover ni un dedo de la mano;
y nos tiene preparado un paraíso eterno de delicias infinitas. Nuestro corazón debe, pues, ser todo para Dios.
Todas las demás cosas debemos amarlas tanto, cuanto nos conducen a Dios, y detestarlas tanto, cuanto nos apartan de Dios.
El verdadero amor de Dios consiste en guardar sus mandamientos.
N. S. Jesucristo dijo: Si alguno me ama guardará mi palabra, esto es, mis mandamientos (SAN JUAN, XIV, 23).
La regla, pues, para conocer si uno ama a Dios, es ver si guarda sus mandamientos.
Todos los hombres, a excepción de alguno muy depravado, dicen que aman a Dios; pero muchos lo dicen falsamente, porque no cumplen sus mandamientos.
No queramos nosotros decirlo falsamente, sino con verdad.
Repitamos con mucha frecuencia y de todo corazón la siguiente jaculatoria:
Dios mío, os amo sobre todas las cosas, porque Vos sois infinitamente bueno y porque de Vos recibo todo bien.

El amor al prójimo.
Hemos de amar al prójimo como a nosotros mismos por amor de Dios.
Debemos recordar siempre que el prójimo es imagen e hijo de Dios, y un hermano nuestro.

Es imagen de Dios: todo hombre lleva grabada en el alma la imagen de Dios.
Es hijo de Dios: todos podemos y debemos llamar a Dios Padre nuestro.
Es hermano nuestro: todos descendemos de Adán y Eva, y tenemos un mismo Padre, que es Dios.
Todo hombre tiene un Ángel que lo guarda.
Estas consideraciones deben infundir en nuestros corazones un gran respeto y amor a todo ser humano.
Nuestro prójimo o semejante, es todo el que está o puede ir al cielo.
Todas las personas de este mundo son nuestro prójimo, aún los malos; pues mientras viven, pueden hacerse buenos e ir al cielo.
Nuestro respeto y amor debe ser para toda persona de cualquier raza, religión, idea u opinión.
Pero no se debe decir: Yo respeto toda religión, idea u opinión; porque si éstas son falsas, constituyen un error.
El error, el vicio, el pecado no merecen ser respetados, sino destruidos.
Ataca al error, pero respeta a la persona: dice San Agustín.
Con tal que no se haga con espíritu de venganza, no es contra la caridad desear y aún procurar que los malos sean castigados por la autoridad competente.
Hemos de tratar a nuestro prójimo como nosotros queremos ser justamente tratados.
Todos queremos que se nos trate muy bien, con toda consideración; tratemos, pues, así a los demás.
Los brutos animales no son nuestro prójimo.
No obstante, se deben evitar dos extremos: hacerlos sufrir sin necesidad, y tratarlos con tanto regalo como si fuesen personas.

Los dos mandamientos de la caridad.

1º- Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma y con toda tu mente.
2º- Amarás al prójimo como a ti mismo.

Los diez mandamientos de la ley de Dios, o el Decálogo.

Yo soy el Señor Dios tuyo:
El primero: No tendrás otro Dios más que a Mí.
El segundo: No tomar el nombre de Dios en vano. El tercero: Acuérdate de santificar las fiestas.
El cuarto: Honra al padre y a la madre. El quinto: No matar.
El sexto: No fornicar. El séptimo: No hurtar.
El octavo: No levantar falso testimonio.
El noveno: No desear la mujer de tu prójimo. 
El décimo: No codiciar los bienes ajenos.
El decálogo contiene explícita o implícitamente todos los deberes del hombre en relación a Dios, al prójimo y consigo mismo.
Dios en sus mandamientos manda que hagamos el bien y evitemos el mal; por esto cada mandamiento contiene un precepto y una prohibición.
Dios ha impreso estos mandamientos en el corazón del hombre y los dió a Moisés en el Monte Sinaí, escritos en dos tablas de piedra.
Los tres primeros, contenidos en la primera tabla, tienen por fin directo el honor de Dios. Los otros siete, contenidos en la segunda tabla, tienen por fin directo el bien del prójimo.
Nuestro Señor Jesucristo confirmó los diez mandamientos y los perfeccionó con los consejos evangélicos.
Podemos, debemos y es absolutamente necesario, cumplir con los divinos mandamientos, para salvarnos.
Podemos: Dios conoce nuestras fuerzas y si El manda el cumplimiento de los mandamientos, es porque sabe que podemos cumplirlos.
Si encontramos alguna dificultad en cumplirlos, pidamos a Dios su gracia, e infaliblemente El nos ayudará y nos hará fácil lo que para nosotros fuera difícil y aún imposible.
Debemos: porque Dios lo quiere, lo manda, y nadie como El tiene más, ni tanto derecho a ser obedecido.
Lo exige el bien común y la sana razón.
El código de todos los países civilizados está basado en la ley de Dios.
Es absolutamente necesario cumplir los mandamientos: porque sólo cumpliéndolos nos libraremos del infierno y conseguiremos el cielo.
Basta quebrantar un solo mandamiento en cosa grave para merecer la eterna condenación.

El pecado.
Pecado es faltar a la ley de Dios.

El pecado es original y actual.
Pecado original es aquel con que todos nacemos, heredado de nuestros primeros padres.
Se borra con el santo bautismo.
Pecado actual es el que comete voluntariamente quien tiene uso de razón.
El pecado puede cometerse con pensamiento, deseo, palabra, obra y omisión.
Omisión quiere decir dejar de hacer aquello a que uno está obligado.
No todos los pecados son iguales; como entre amigos pueden surgir disgustos pequeños y graves, así también sucede entre Dios y el hombre.
Los disgustos pequeños no rompen la amistad, pero sí los graves. El pecado actual puede ser mortal y venial.
Pecado mortal es faltar a la ley de Dios en materia grave, con plena advertencia y pleno consentimiento.
Materia grave significa cosa de importancia.
Plena advertencia significa que el entendimiento se dé cuenta claramente de que la cosa es mala.
No peca, por falta de advertencia, quien come carne en día prohibido, porque no sabe o no recuerda que es día de abstinencia.
Pleno consentimiento significa que la voluntad sea del todo libre.
Un sueño malo, de por sí, no es pecado, porque cuando uno duerme no es libre para hacer el bien o el mal.
En donde no hay libre voluntad no hay pecado.
No peca quien hace algo malo sin querer, compelido a viva fuerza.
No quita la libre voluntad ser compelido, pero no a viva fuerza, a hacer algo que de otra suerte no se quisiera hacer.
Pecaría quien por encontrarse amenazado de muerte u otro mal grave, cometiera una acción mala por su naturaleza, como insultar a Dios, abandonar la verdadera religión, etc.
Para que haya pecado no es necesario querer directamente ofender a Dios.
Sólo el demonio u hombres semejantes al demonio pueden querer directamente ofender a Dios.
Lo que se intenta, al pecar, es sólo satisfacer la pasión, el capricho. Para que haya pecado, ni aún es necesario pensar que se ofende a Dios; basta hacer libremente algo ilícito, dándose cuenta que aquello
no se debe hacer, porque es malo.
Quien hace mal sin saberlo por ignorancia culpable, peca. Quien ejecuta un acto, dudando si es lícito, peca.
El que duda si un acto es lícito o ilícito debe averiguar antes; y no puede efectuarlo sin saber que es lícito.
El medio más práctico para averiguar si un acto es lícito, es preguntar al confesor.
Quien hace algo lícito, pero creyendo por error que es ilícito, peca.
El pecado mortal se perdona de dos maneras: 
1º- Confesándose.
2º- Haciendo un acto de contrición perfecta con el propósito de confesarse.

El pecado grave se llama mortal, porque quita al alma la vida sobrenatural de la gracia santificante.
Pecado venial es faltar a la ley de Dios de materia leve; o en cosa grave, pero sin plena advertencia o pleno consentimiento
Se llama pecado venial, esto es, perdonable, porque no quita la gracia de Dios y se perdona fácilmente.
El pecado venial se perdona arrepintiéndose de haberlo cometido.

EL PECADO ES EL MAYOR DE TODOS LOS MALES

Debemos temer todo pecado como el mayor de todos los males.
El pecado es el mal contra Dios; porque le quita la obediencia y el honor que le son debidos.
Si Dios fuera capaz de pena, el pecado se la causaría.
El pecado, el mal contra Dios, es un mal infinito, por ser infinita la dignidad de Dios ofendido.
Todos los demás males son males de las criaturas; mas todas las criaturas, compradas con Dios, son como nada; por consiguiente, todos sus males son como nada comparados con el mal contra Dios.
Por esto aun para librar de la ruina al mundo entero, jamás sería lícito cometer el más mínimo pecado.
Nunca puede ser lícito cometer un pecado; pues si alguna vez fuera lícito, ya no sería pecado.
El pecado es el mal del hombre; porque le quita la eterna felicidad, que es su último fin.
Ningún otro mal causa más fatales consecuencias.

MALICIA DEL PECADO MORTAL

El pecado mortal es una ofensa grave al Dios de Majestad infinita; por consiguiente, es una injuria infinita.
El hombre que comete pecado mortal se rebela contra Dios: si no con palabra, con sus obras dice: No quiero servir a Dios; no quiero hacer lo que El manda.
El hombre, si se le compara con Dios, es infinitamente menos que un gusano comparado con todo el universo.
¿Un ser tan vil se atreve a rebelarse contra Dios? ¿Por qué? Por una pasión baja que no quiere dominar y, muchas veces, por cosas de ningún valor.
Todo el que comete pecado mortal ama más a sí mismo y a las criaturas que a Dios; pues disgusta gravemente a Dios, para complacerse a sí mismo o a otros.
¡Pecar! ¡Ofender a Dios en su misma presencia! ¡es el colmo del atrevimiento!.
A lo menos para pecar, buscad un lugar donde Dios no esté. ¡Pero ese lugar no existe!
Quien comete un pecado mortal es el ser más ingrato. Todo lo que el hombre tiene, Dios se lo ha dado y se lo conserva, y sin embargo el pecador lo emplea para ofenderle.
El que comete pecado mortal se hace esclavo de las pasiones y apetitos contrarios a la razón.
El pecado mortal es el mayor de todos los males de esta vida, pues éstos los ordena Dios para medicina del pecado; ningún médico sabio hace un mal mayor para curar otro menor.
N. S. Jesucristo, para librarnos de los pecados, aceptó los males de pena, y muy grandes, pero no el mal de culpa.
El pecado mortal ha sido la causa de que Jesús sufriera los más crueles tormentos en su pasión santísima.
Un solo pecado mortal cambió a unos Ángeles hermosísimos en demonios feísimos.
Un solo pecado mortal, el de Adán, cambió el mundo, de un paraíso de delicias y goces, en un valle de lágrimas y dolores.

CONSECUENCIAS DEL PECADO MORTAL

El pecado mortal:
1º- Nos aparta de Dios y nos priva de su amor y amistad. 
2º- Nos quita los méritos y el derecho a la gloria.
3º- Nos hace merecedores de la eterna condenación.

CONSECUENCIAS DEL PECADO VENIAL

Debemos evitar también los pecados veniales, porque:
1º- El pecado venial es una ofensa que se hace a Dios.
2º- Impide muchas gracias que el Señor nos concedería.
3º- Todo pecado venial atrae varios castigos de Dios en esta vida y en la otra.
4º- Poco a poco conduce al pecado mortal.

¡JAMÁS PECAR !

Sólo el pecado es el verdadero mal, pues los demás males pueden traernos grandes bienes, porque nos ayudan a conseguir mayores premios para el cielo.
Sólo el pecado, si es grave, nos separa de Dios, nuestro Sumo Bien; y si es leve, retarda nuestra entrada en el cielo y nos priva de muchas gracias.
Evitemos, pues, todo pecado, cueste lo que cueste. Digamos a menudo: primero morir que pecar.
Si por cada vez que el hombre cometiera un pecado, tuviera que pagar una gran multa o recibir un gran castigo corporal ¿no es verdad que todos tendrían un cuidado sumo en no cometer pecados?
Con mayor razón debemos abstenernos del pecado por no ofender a Dios, por no perder el cielo, por no merecer los castigos temporales y eternos.

MEDIOS PARA EVITAR EL PECADO

1º- En las tentaciones, acudir a Dios y a la Santísima Virgen con fervorosas oraciones jaculatorias, pensando que Dios está presente en todo lugar.
2º- Leer algún libro bueno y hacer unos minutos de meditación cada día.
3º- Acordarse a menudo de la muerte, juicio, infierno y gloria.
4º- Cada noche, al acostarse, hacer examen de conciencia, y pedir a Dios perdón de las faltas cometidas durante el día.
5º- Frecuentar los Santos Sacramentos.

MANDAMIENTOS DE LA LEY DE DIOS EN PARTICULAR

Primer mandamiento.
Al principio de los mandamientos se dice: Yo soy el Señor Dios tuyo.
Estas palabras indican que Dios, por ser nuestro Criados y Señor, puede mandarnos lo que quiera, y nosotros, sus criaturas, estamos obligados a obedecerle.
El primer mandamiento es: No tendrás otro Dios más que a Mí.
Nos manda adorar sólo a Dios, y darle el culto debido, practicando la verdadera religión.
Prohíbe la superstición, la irreligiosidad y la ignorancia culpable de las verdades de la fe y cualquier otro pecado contra la religión.

LA SUPERSTICIÓN

Superstición es dar a la criatura el culto debido sólo a Dios, o dar a Dios culto de un modo indebido.
Son supersticiones: la idolatría, la vana observancia, la adivinación, la magia, el maleficio, las mesas giratorias, el magnetismo en algunos efectos y el espiritismo.
Idolatría es dar a una criatura el culto supremo de adoración, debido sólo a Dios.
Vana observancia es usar medios no proporcionados, ni instituidos por Dios, para obtener un efecto cierto.
Es de tres clases:
1ª- El arte de adquirir la ciencia sin trabajo.
2ª- El arte de curar con varios signos o cosas sagradas.
3ª- Observación de los sucesos; en vista de un suceso casual se calcula la suerte o desgracia.
Es superstición:
Atribuir a una oración o a cierto número de cruces la virtud de curar ciertamente una enfermedad.
Tener por días de desgracia el martes o el viernes; considerar como de mal presagio el número 13; romper un cristal, derramar la sal; llevar amuletos para tener suerte o evitar la desgracia, etc., etc.
Es pecado, pues, pretender sanar infaliblemente las enfermedades sólo con oraciones u otros medios inadecuados.
Algunas personas santas han sanado enfermedades con oraciones solamente, pero esto fue por milagro y dichas personas no atribuían a sus oraciones la virtud infalible de sanar enfermedades.
La adivinación es pretender averiguar las cosas ocultas con ayuda del demonio.
La adivinación se hace por los astros, por las líneas de las manos, por una casualidad, por los sueños, por las cartas, etc.
Pecan gravemente los que van a preguntar a las adivinas, se hacen decir la buenaventura, etc.: no será pecado grave si se hace para jugar, sin que ni la una ni la otra parte preste crédito, pero ni aun por juego deben hacerse estas cosas.
El porvenir contingente y libre lo sabe sólo Dios; las adivinas no lo pueden saber.
Los sueños enviados por Dios, para hacer conocer su voluntad, son rarísimos; por las señales que les acompañan se conoce ciertamente ser diferentes de los sueños naturales o diabólicos.
La magia supersticiosa es el arte de hacer cosas extraordinarias, las cuales, aunque no sean sobrenaturales, son superiores a las fuerzas del hombre, y, por consiguiente, sólo pueden hacerse por intervención diabólica.
Brujería o maleficio es el arte de dañar con intervención del demonio.
Los casos de brujería o maleficio son rarísimos.
Las brujas están generalmente en la cabeza de los ignorantes.
Esta superstición es causa hasta de asesinatos y de otros crímenes gravísimos.
El que está en gracia de Dios nada debe temer, pues tiene a Dios por Padre que lo protege con una providencia especial.
El buen cristiano no pretende querer averiguar el porvenir por medios ilícitos; confía en la Divina Providencia y vive tranquilo.
Mesas giratorias; es pecado de superstición el hacer preguntas a las mesas giratorias; las contestaciones sólo pueden ser por intervención diabólica.
El magnetismo animal e hipnotismo son casi lo mismo; en general están prohibidos por los grandes peligros morales y aun físicos que encierran.
Alguna vez podrán ser lícitos moralmente, con tan que se entienda excluir toda intervención diabólica, se recurra a medios puramente naturales, el fin sea bueno y honesto, y se emplee la debida cautela para impedir todo abuso.
Para no equivocarse, no se haga ninguna de estas cosas sin consultar al confesor.
El espiritismo o consulta hecha a los espíritus es un gravísimo pecado.
Cuando menos religión tiene un pueblo, tanto más está lleno de supersticiones.

LA IRRELIGIOSIDAD

La irreligiosidad es una irreverencia especial que se infiere a Dios, a las personas y cosas sagradas.
Sacrilegio es la profanación de lugar, persona o cosa, consagradas a Dios y destinadas a su culto.
Tentar a Dios es decir o hacer algo para probar si Dios es sabio, poderoso o dotado de cualquier otra perfección.
Simonía es pretender comprar o vender por precio temporal algo espiritual o anexo a lo espiritual.
La impiedad
es negar a Dios todo culto.
Las principales sectas impías son: el Liberalismo, la Masonería, el Socialismo y el Anarquismo. 
Liberalismo es el sistema que toma por criterio único y exclusivo de todo acto moral privado o público, la razón y voluntad del hombre, prescindiendo de Dios.
Ser liberal antes significaba ser generoso, magnánimo; ahora generalmente significa pertenecer a una secta condenada por la Iglesia.
La Masonería es una sociedad que tiene por fin principal hacer guerra a la Iglesia Católica.
El Socialismo tiene el mismo fin que la masonería.
Para engañar a los obreros les promete la repartición de todos los bienes, la igualdad social, etc.
El Anarquismo es el sistema que proclama la destrucción de todo poder y autoridad, aún con la violencia.
El Fanatismo es el furor de los sectarios, producido por ideas falsas.
El que cumple con fidelidad las leyes de la Iglesia, confiesa y comulga a menudo, no es fanático, sino devoto.
Los ignorantes y maliciosos confunden la devoción con el
fanatismo.
La devoción es una virtud, el fanatismo es un vicio.

Segundo mandamiento.
El segundo mandamiento es: No tomar el nombre de Dios en vano.
Nos manda tener mucho respeto al santo nombre de Dios.
Prohíbe nombrar a Dios sin respeto, la blasfemia, los juramentos vanos y la violación de votos.
El nombrar a Dios y las cosas santas por enojo, risa, juego o de otro modo poco reverente, es pecado venial.

LA BLASFEMIA

La blasfemia es decir o hacer algo injurioso a Dios o a los Santos. Es un pecado gravísimo: es el lenguaje del infierno: si no se oyera, no se podría creer que hubiera hombres capaces de blasfemar.
Todas las razones que se alegan, para defender tan detestable vicio, son puras excusas de ningún valor.
Si el blasfemo debiera pagar una suma importante por cada blasfemia, ciertamente se enmendaría inmediatamente.

JURAMENTO

Jurar es poner a Dios por testigo.
Jura en vano el que jura sin verdad, sin justicia y sin necesidad. Jurar sin verdad es jurar contra lo que uno siente o con mentira.
Jurar sin justicia es jurar una cosa injusta y mala, como hacer algún mal al prójimo.
El que ha jurado hacer una cosa mala no debe ni puede cumplir el juramento, pues el cumplirlo sería otro pecado más.
Jurar sin necesidad es jurar sin causa grave o por cosa de poco momento.
Jurar con mentira es siempre pecado mortal, aún en cosa leve.
Poner a Dios, Verdad infinita, por testigo de lo falso, es una grave irreverencia.
Jurar sin justicia en cosa grave, es pecado mortal; en cosa leve, es venial.
Jurar sin necesidad es pecado venial.
También es pecado jurar en vano por las criaturas, porque se jura al Criador de ellas.
Jurar por las criaturas es decir v. gr.: juro por mi alma, por el Cielo, por la tierra, etc., que esto es así.
Para no jurar en vano debemos acostumbrarnos a decir simplemente sí o no, como Jesucristo nos enseña.

EL VOTO

El voto es una promesa hecha a Dios, de un bien mejor, con intención de obligarse.
El que ha hecho un voto tiene obligación de cumplirlo.
Antes de hacer un voto conviene pensarlo bien y pedir consejo al confesor.
El voto se puede cumplir haciendo otra cosa mejor que lo que se prometió.
Cuando el cumplimiento de un voto fuera muy difícil, se puede pedir la conmutación o la dispensa.
El propósito de hacer una cosa buena, de por sí no obliga.
Por ejemplo: uno hace el propósito de oír Misa o rezar el Rosario diariamente; si lo cumple ganará mucho, pero si no lo cumple no comete pecado.


Tercer mandamiento. 
El tercer mandamiento es: Acuérdate de santificar las fiestas
Nos manda honrar a Dios con obras de culto en los días festivos.
Son días de fiesta los Domingos y algunos otros días mandados por la Santa Iglesia.
En la ley antigua se santificaba el sábado.
En la ley nueva se santifica el Domingo, porque en tal día resucitó Jesucristo y el Espíritu Santo descendió sobre los Apóstoles.
Santifica la fiesta el que oye Misa entera y no trabaja sin necesidad.

OIR MISA

El que en día festivo falta a la Misa sin justa causa, comete pecado mortal.
Excusa de oír Misa una causa medianamente grave.
La Misa de debe oír entera y con devoción.
Misa entera quiere decir desde el principio hasta el fin.
Se cumple con el precepto oyendo en distinto tiempo parte de una Misa y parte de otra; conviene que la Consagración y la Comunión sean de una misma Misa.
Perder desde el principio de la Misa hasta antes del ofertorio, o lo restante después de la Comunión es falta leve.
La Consagración y la Comunión son las dos partes esenciales de la Misa; basta asistir a estas dos partes para oír realmente la Misa, aunque para cumplir con el precepto en los días festivos, se debe asistir desde el principio hasta el fin.
Se puede oír Misa y confesarse al mismo tiempo.
Se pueden oír varias Misas a la vez, fijando la atención especialmente en una.
A más de oír Misa, conviene ocupar el día festivo en otras obras buenas; asistir al sermón, a vísperas, leer algún libro bueno, etc.

NO TRABAJAR

El tercer mandamiento prohíbe trabajar en los días festivos. Los trabajos prohibidos son los serviles o forenses.
Trabajos serviles son los propios de los artesanos y obreros. Trabajos forenses son las causas judiciales y procesos criminales, los contratos públicos, las ferias, mercados, etc.
Es permitido en día festivo, leer, escribir, enseñar, viajar, dibujar, cazar, (sin gran estrépito), pescar, etc.
También se permiten todos los trabajos necesarios o convenientes para la vida doméstica, como preparar la comida, barrer, limpiar, etc.
La costumbre permite el trabajo de barbería, las ferias y mercados en algunos países.
El trabajar sin justa causa más de dos horas en día festivo es pecado mortal.
Si no pasa de dos horas es pecado venial, por lo regular.

Cuando el trabajo es liviano no es pecado mortal, si no alcanza a tres horas.
Las causas justas por las cuales es permitido trabajar en día festivo son: la caridad hacia el prójimo, la piedad hacia Dios y la necesidad.
Cuando por alguna causa justa se debe trabajar, conviene, aunque no es obligatorio, pedir permiso al párroco.
En los días festivos se deben evitar la ociosidad y las diversiones peligrosas.
Puede uno tomarse algún recreo honesto y moderado, después de haber cumplido con los deberes religiosos.
La santificación del día festivo es útil, no sólo al alma, sino también al cuerpo; pues el descanso contribuye mucho a la conservación de la salud.
No santificar las fiestas es uno de los pecados que más atraen los justos castigos de Dios, aún en esta vida.

Cuarto mandamiento.
El cuarto mandamiento es: Honra al padre y a la madre.

Este mandamiento comprende las obligaciones: 
1º- De los hijos para con sus padres.
2º- De los padres para con sus hijos.
3º- De los inferiores para con sus superiores. 
4º- De los superiores para con sus inferiores.

DEBERES DE LOS HIJOS PARA CON SUS PADRES

Los hijos deben a sus padres: amor, respeto, obediencia y asistencia.
Amor, porque a ellos, después de Dios, deben la existencia.
Respeto y obediencia, porque son sus superiores por naturaleza.
La obediencia debe ser en lo que es lícito y justo, mientras están bajo la potestad de los padres y en el hogar doméstico.
En la elección de estado los hijos no están obligados a obedecer a sus padres.
La obligación de la obediencia cesa por varias causas, pro nunca cesa la obligación del amor y del respeto.
Asistencia espiritual y corporal, cuándo y cuántas veces los padres la necesiten.

DEBERES DE LOS PADRES PARA CON SUS HIJOS

Los padres deben a sus hijos: amor y educación corporal y espiritual.
El amor debe ser interno, externo y bien ordenado.

EDUCACIÓN CORPORAL

Los padres deben proteger la vida de los hijos.
Pecan muy gravemente los que maliciosamente impiden la existencia de los hijos.
Deben proporcionarles todo lo necesario para la vida, mientras los hijos no puedan hacerlo por sí mismos.
Deben hacerles aprender un oficio o profesión, para que puedan ganarse el sustento y ser útiles a la sociedad.

EDUCACIÓN ESPIRITUAL

El fin de la educación corporal de los hijos, es su felicidad temporal; el de la educación espiritual, es su felicidad temporal y eterna.
Por consiguiente, la educación espiritual es mucho más importante que la corporal.
La educación espiritual consiste en dar a los hijos doctrina, corrección y ejemplo.
Doctrina 
– 1º Procurar que los hijos sean bautizados lo más pronto posible.
2º Enseñarles por sí o por otro, la doctrina cristiana y procurar que la practiquen.
3º Confiarlos, en cuanto sea posible, a maestros que sean buenos cristianos.
4º Vigilarlos para que no se perviertan.
Corrección – Debe ser moderada y prudente.
Ejemplo – Nada persuade tanto a practicar el bien como el buen ejemplo.
La Sagrada Familia (Jesús, María y José) es el modelo de la familia perfecta.

CRIADOS Y AMOS
MAESTROS Y DISCÍPULOS

Los criados deben a sus amos: reverencia, obediencia y fidelidad. Los amos deben a sus criados: tratarlos bien, instruirlos, corregirlos y pagarles un salario justo.
Los maestros y preceptores hacen las veces de los padres en cuanto a la educación y enseñanza de sus discípulos.
Los discípulos deben a sus maestros y preceptores: amor, reverencia y obediencia.
Los maestros y preceptores deben a sus discípulos: amor, doctrina, corrección y ejemplo.
Se debe respetar y obedecer a las autoridades civil y eclesiástica en todo lo que ellas tienen derecho a mandar.
Dios es quien da el derecho de mandar: los que tiene este derecho representan a Dios.
Cuando obedecemos, debemos hacerlo con espíritu de fe, pensando que no obedecemos al hombre sino a Dios.
Nunca el superior puede mandar lo que Dios prohíbe; y si lo manda, nunca el súbdito debe ni puede obedecer, en cosas malas por su naturaleza.
Primero se debe obedecer a Dios que a los hombres.

Quinto mandamiento.
El quinto mandamiento es: No matar.
Prohíbe hacer mal a sí mismo o a otro, de hecho, dicho o deseo.
Por consiguiente prohíbe el homicidio, suicidio, riña, duelo, heridas, golpes, injurias, las imprecaciones y el escándalo.
El quinto mandamiento no sólo prohíbe el matar, sino todo lo que conduce a este crimen, como las disputas violentas o altercados, las palabras injuriosas, la ira, el odio, la venganza y la envidia.
No es tan fácil el guardar bien este mandamiento.
Sólo Dios es el dueño de la salud y vida nuestras y del prójimo; por consiguiente, sólo El puede disponer de ellas libremente.
Homicidio es matar a otro.
Nunca es lícito quitar voluntaria e injustamente la vida a otro. 
El aborto buscado a propósito es siempre gravísimo pecado. Es lícito matar a otro:
1º En caso de legítima defensa, si no hay otro medio. 
2º Cuando se combate en guerra justa.
3º A un criminal, por orden de la autoridad pública.
Sólo la autoridad pública (nunca la privada) puede castigar a un criminal con la muerte.
Suicidio es darse la muerte a sí mismo deliberadamente.
Nunca y por ningún motivo es lícito quitarse directamente la vida. 
El suicida es un cobarde desertor que huye de la batalla de la vida; no tiene valor para sobrellevar las contrariedades.
El suicidio es un crimen horrendo.
Sólo la locura o la irreligión pueden inducir a cometerlo.
El suicida, para librarse de las penas temporales, cae en las eternas del infierno.
Es peor una hora de infierno que muchos años de penas, las más tremendas en este mundo. El buen cristiano, para remediar sus penas, acude, no al suicidio, sino a la ferviente oración, pidiendo a Dios que le libre de ellas o que le dé fuerzas para sufrir con paciencia.
El que sufre y muere resignado como Dios quiere, es el soldado valiente que muere en el campo de batalla: su alma ceñirá la corona de gloria eterna.
Es lícito, y aun acto de heroísmo, exponerse a la muerte por una causa justa: como asistir a los enfermos apestados, ceder a otro el salvavidas en caso de naufragio, etc.
Hay obligación de poner los medios ordinarios para conservar la salud.
Pecan los que se exponen a perder la salud o la vida sin justa causa; los que se entregan a la gula comiendo y bebiendo con exceso, etc.
La embriaguez. Este vicio tan detestable convierte al hombre en un ser abyecto.
Trastorna su razón, asemejándolo a los brutos; acorta su vida;
arruina sus intereses;
lo expone a cometer cualquier crimen; destruye la paz del hogar;
produce un sinnúmero de males.
Riña es la pelea sin premeditación
Duelo es un combate con armas mortíferas, entre dos personas que previamente se han puesto de acuerdo para fijar el momento, lugar y armas para pelear.
El duelo, hecho por autoridad privada, es siempre ilícito, aún a los militares.
El duelo hecho por autoridad pública puede ser lícito en el mismo sentido que la guerra.
Los que matan de duelo son más criminales y asesinos que los que matan en riña.
El duelo es una acción injusta y bárbara, y por tanto no puede reparar el honor.
Hay excomunión para todo el que voluntariamente toma parte en un duelo, aun como médico o espectador que ha ido de propósito.
Disputas violentas o altercados. Se originan casi siempre por cosas de ninguna importancia y suelen terminar en insultos y peleas.
En las discusiones, cada uno debe defender su parecer sin acritud y con caridad cristiana.
Maldecir es pedir uno para sí o para otro algún mal grave. Pecan gravemente:
1º Los que maldicen con deseo de un mal grave.
2º Aun sin tal deseo, los padres y superiores que maldicen delante de sus inferiores por razón del escándalo.
El desearse la muerte a sí mismo generalmente no es pecado mortal, porque uno se la desea para no sufrir tanto; suele ser una falta de paciencia.
Puede uno desearse la muerte lícitamente:
1º Para no ofender nunca más a Dios.
2º Para poder ver a Dios y gozar de las delicias infinitas del cielo.
3º Para no sufrir las miserias de esta vida, resignándose, no obstante, a la voluntad de Dios.
Escándalo es dar al prójimo con algún dicho, hecho u omisión culpables, ocasión de pecar.
El que comete el pecado de escándalo roba a Jesucristo las almas que le han costado la sangre y la vida.
El Divino Redentor dijo: “¡Ay de aquél por quien viniere el escándalo! Mejor fuera que le ataran una piedra de molino al cuello y lo arrojaran al profundo del mar”.
El que ha dañado al prójimo, corporal o espiritualmente, debe, si puede, reparar el mal causado.
El quinto mandamiento nos manda perdonar a nuestros enemigos y querer bien a todos.
El perdón de los enemigos consiste en no quererles mal y en darles las señales comunes de amistad.
Jesús ha dicho: Perdonad y seréis perdonados: con la misma medida con que midiereis, seréis medidos.
Para darnos ejemplo, Él, estando en la cruz, perdonó a los que le escarnecía, diciendo: ¡Padre, perdónalos que no saben lo que hacen!
Perdonemos, pues, de todo corazón; hagamos bien a los que nos hacen mal, y así alcanzaremos la divina misericordia.

Sexto y noveno mandamientos.
El sexto mandamiento es: No fornicar.
Prohíbe toda acción, mirada y conversación contrarias a la castidad.
El noveno mandamiento es: No desear la mujer de tu prójimo.
Prohíbe los pensamientos y deseos contrarios a la castidad.
Estos dos mandamientos prohíben, especialmente, toda infidelidad de hecho y de deseo en el matrimonio.
El sexto mandamiento prohíbe toda lujuria externa, y el noveno toda lujuria interna.
Lujuria es un apetito desordenado de placeres contrarios a la castidad.
El intentar directamente satisfacer la lujuria es siempre pecado mortal: en esto no hay parvedad de materia.
Cuando no se intenta directamente satisfacer la lujuria:
es pecado grave, si voluntariamente y sin justo motivo se hace lo que influye notablemente a excitar la lujuria, por ejemplo: leer libros del todo obscenos, etc.
Es pecado leve, si influye levemente; por ejemplo; ver figuras ligeramente obscenas, etc.
Pensar voluntariamente cosas deshonestas para deleitarse en ellas, aun cuando no se intente realizarlas, es pecado mortal.
Para que el mal pensamiento sea pecado mortal es necesario que uno se dé cuenta claramente que el pensamiento es malo y que, a pesar de esto, quiera seguir pensándolo voluntariamente para recrearse en él.
No hay pecado, si al darse un cuenta que el pensamiento es malo, lo procura apartar.
Ni es pecado sentir inclinación a cosas malas, con tal que no se consienta y no se fomente esta inclinación.
Aun los santos fueron muy tentados con malos pensamientos y malas inclinaciones; y esas luchas, lejos de menoscabar su pureza, la volvieron más hermosa y meritoria.
Estas pasiones o inclinaciones son un efecto del pecado original.
El pecado, pues, está, no en sentir la mala inclinación, sino en consentirla; esto es, en dejarse llevar por ella, haciendo lo que Dios ha prohibido.
La virtud y el mérito consisten precisamente en que, a pesar de sentir la mala inclinación, uno resista a ella y no se deje llevar por los instintos perversos.
Debemos ser castos en el cuerpo y en el alma, y tener gran respeto a la propia persona y a la del prójimo, por ser templo donde Dios habita con su presencia y su gracia.
Es posible vivir castamente: Dios lo manda; El no puede mandar lo imposible.
La castidad no es contraria, sino muy favorable a la salud.

TRISTES EFECTOS DE LA LUJURIA

La lujuria:
causa muchas enfermedades y aun la muerte; 
es pecado abominable ante Dios y los hombres; 
endurece el corazón y embrutece al hombre;
le hace perder la fe; 
acarrea terribles castigos en esta vida y en la otra;
es el pecado que hace condenar más almas; es el Goliat de los vicios.
Quien venza la lujuria, fácilmente vencerá todos los demás vicios.

CAUSAS DE LA LUJURIA

La ociosidad, la cual, según dice el Espíritu Santo, ha enseñado mucha malicia.
Las malas compañías: Dime con quién andas y te diré quién eres, dice el refrán.
Las malas lecturas pervierten la inteligencia y corrompen el corazón.
Conviene mucho no leer novelas de ninguna clase, ni aun las buenas, pues quien empieza a leer novelas no encuentra después gusto en otra clase de libros.
El menor mal que causa la lectura de novelas es hacer perder el tiempo.
Los bailes: generalmente son incentivos de la impureza; el diablo suele presidirlos.
El ir a bailes será o no será pecado según sean los bailes y el peligro para el que va a ellos.
Cinematógrafos y representaciones teatrales. Es necesario averiguar bien lo que se va a representar, y no se debe ir si hay peligro para la moralidad.
Cuanto menos se frecuenten los bailes, cinematógrafos y teatros, menos remordimientos se tendrán en la hora de la muerte.
La intemperancia en el comer y sobre todo en el beber. Excederse en el vino y tener castidad es cosa imposible.
La ocasión próxima voluntaria, porque “el que ama el peligro perecerá en él”, dice el Señor.

MEDIOS PARA GUARDAR LA CASTIDAD

1º En cuanto asome la tentación, rechazarla con una fervorosa jaculatoria, diciendo:
¡Dios mío, os amo más que a todas las cosas!
¡Virgen Santísima, madre mía, amparadme! Antes morir que pecar.
2º El recuerdo de Jesús Crucificado.
3º La frecuencia de los Santos Sacramentos
4º La devoción a la Santísima Virgen, que es la madre de la pureza. 5º Sobre todo huir de los peligros: sola fuga remédium: en esta clase de tentaciones sólo vence el que huye.
6º Jamás será casto quien no guarda los sentidos, especialmente los ojos.
7º acordarse de la muerte, juicio, infierno y gloria.
Toda la hermosura de los cuerpos se ha de cambiar muy pronto, con la muerte, en un montón de huesos, polvo y ceniza.
Por un vil placer que dura un momento, se pierde el cielo y se merece una eternidad de penas.
Los placeres ilícitos nada valen, duran poco y sólo dejan pena y amargura en el corazón.
En el cielo gozaremos delicias infinitas, purísimas y dulcísimos, que jamás se han de acabar.
¡Al cielo, pues, nuestros pensamientos, al cielo nuestro corazón!

Séptimo mandamiento.
El séptimo mandamiento es: No hurtar.
Prohíbe dañar injustamente al prójimo en sus bienes. 
Modos de dañar injustamente al prójimo en sus bienes
Quitar o retener lo ajeno contra la voluntad de su dueño.
No pagar las deudas, pudiendo.
Promover pleitos inútiles o injustos. No trabajar los empleados y obreros el tiempo debido.
Pagar los patrones menos de lo justo, explotando a los trabajadores.
Perjudicar propiedades ajenas. Herir o matar animales del prójimo.
Dejar que se echen a perder las cosas encomendadas.
Recibir, esconder o comprar una cosa hurtada.
Cometer fraudes y usuras ilícitas.

El fraude se comete: 
engañando al prójimo en el comercio 
con pesos, medidas o monedas falsas, y 
con mercancías averiadas; 
falsificando escrituras y documentos; 
haciendo trampas en las compras y ventas o en cualquier otro contrato, negándose uno a dar lo justo o convenido.

La usura se comete cuando se exige sin legítimo título, un interés ilícito por alguna cantidad prestada, abusando de la necesidad o ignorancia del que recibe el dinero prestado.

El Hurto es tomar ocultamente los bienes ajenos.

La Rapiña es tomar los bienes ajenos con violencia y manifiestamente.

NECESIDAD EXTREMA Y JUSTA COMPENSACIÓN

Excusan del pecado de hurto la necesidad extrema o casi extrema, y la justa compensación.
Necesidad extrema o casi extrema es cuando hay un peligro próximo y cierto de la vida o de otro mal muy grave.
En este caso, si no hay otro medio para remediar la necesidad, se puede tomar sólo lo estrictamente necesario para librarse del peligro.
Para la justa compensación es necesario que la deuda sea cierta, que no se tome más de lo que se adeuda, y que no se tenga otro medio para cobrar sin grave inconveniente.
Para evitar el peligro de equivocarse, conviene no usar de la justa compensación, sino después de haberse aconsejado con el confesor.
En los dos casos citados no se toma lo ajeno, sino lo propio; pues en caso de extrema necesidad todas las cosas son comunes; y en el de justa compensación, uno toma lo suyo.
No se considera hurto comer un poco de fruta en campo ajeno, con tal que no se lleve.
Tampoco se considera hurto, generalmente, el ir a buscar leña en bosques ajenos, con tal que no se echen a perder los árboles.

QUÉ PECADO ES EL HURTO

El hurtar es pecado grave o leve según el valor de la cosa hurtada y el daño que se haya causado.
Es pecado grave cuando se roba alguna cosa de importancia o se perjudica gravemente al prójimo.
Se puede perjudicar gravemente al prójimo, aun quitándole cosas de poco valor.
Es materia relativamente grave el robar a uno lo que gana ordinariamente en un día.
En los hurtos que los hijos, que viven en familia, hacen a sus padres, se requiere doble cantidad para llegar a mortal.
Al llegar a cierta cantidad de importancia es siempre pecado mortal, aunque se robe al Estado o a personas muy ricas.
San Alfonso de Ligorio fijaba dicha cantidad hasta 15 francos; pero en aquellos tiempos la moneda tenía un valor superior al de ahora.
Los hurtos pequeños son pecado grave:
1º Cuando se tiene intención de llegar a una cantidad de importancia.
2º Aun sin esta intención, si sumados en el espacio de dos meses constituyen una cantidad de importancia, el hurto pequeño que llega a constituirla es pecado grave.
3º Cuando hay conspiración, esto es, cuando varios de común acuerdo se unen para robar o dañar al prójimo en algo de importancia.

RESTITUCIÓN

El que ha robado o dañado al prójimo en sus bienes, si puede, debe restituir y resarcir los perjuicios causados.
La restitución debe hacerse al dueño o a sus herederos: si esto no es posible, la restitución debe hacerse a los pobres o a una obra pía, para lo cual conviene consultar al confesor.
Cuando la restitución es de cosa de poco valor, puede hacerse a los pobres o a una obra pía, si hacerla al mismo dueño, aunque se sepa quién es, ofrece algún inconveniente.
La restitución puede y casi siempre debe hacerse secretamente; puede uno valerse de otra persona de confianza.
El que encuentra una cosa de algún valor debe hacer la debida averiguación para encontrar al dueño y entregársela; si no lo encuentra, puede guardársela.

OBSERVACIONES OPORTUNAS PARA GUARDAR
EL 7º MANDAMIENTO

El séptimo mandamiento nos ordena:
dar a cada uno lo suyo y respetar lo ajeno;
no tener amor desordenado a los bienes temporales; evitar la ociosidad, la gula y todo lo que conduce al robo;
hacer buen uso de los bienes que el Señor nos ha concedido, facilitando trabajo, asistencia y limosna a los pobres.
La honradez es base del bienestar social.
Los calificativos de ladrón, tramposo, etc. son deshonrosos.
Debemos procurar portarnos de tal manera que nunca nuestra conciencia nos pueda reprochar.
Los ladrones son castigados por las leyes divinas y humanas; si escapan de los castigos de los hombres, no escaparán de los castigos de Dios.

Octavo mandamiento.
El octavo mandamiento es: No levantar falso testimonio.
Prohíbe quitar injustamente la buena fama del prójimo, y la mentira.
Nos ordena decir siempre la verdad, pensar y hablar bien del prójimo.
Se quita injustamente la buena fama del prójimo con la detracción, calumnia, sospecha y juicios temerarios.
Este mandamiento prohíbe especialmente atestiguar lo falso en juicio.

DETRACCIÓN O MURMURACIÓN

Detracción o murmuración es decir, sin justo motivo, las faltas ocultas del prójimo ausente.
Para conocer la gravedad del pecado de la murmuración se debe atender más al mayor o menor daño que pueda ocasionar, que la falta de que se murmura.
La malicia de la murmuración está en hacer perder la buena fama al que tiene derecho a ella.
Las causas por las cuales es lícito decir las faltas secretas del prójimo, aun cuando éste pierda la buena estimación, son:

1º Notable utilidad propia, para pedir consejo, favor u obtener consuelo.
2º Utilidad del mismo delincuente, para su instrucción y corrección.
3º Utilidad pública, para evitar los males que puedan sobrevenir a la sociedad.
4º Utilidad notable de los particulares para librarlos de ciertos peligros e inconvenientes.

Conviene conocer a los tramposos, ladrones, a los enemigos de pagar las deudas, y en general a todos aquellos individuos cuyo trato pueda ofrecer peligros morales o materiales.
No es murmurar el enterarse con prudencia de la conducta de una persona o familia, antes de admitirla como amistad especial, o darle entrada en casa.
No es murmurar el hablar de una falta que es pública o casi pública, especialmente cuando ha sido publicada por los diarios o ha mediado sentencia del juez.
No se puede revelar lo que en otro tiempo fue pública, pero que al presente no lo es, porque el tiempo ya lo hizo olvidar, especialmente si la persona aludida se enmendó
No se pueden descubrir las faltas secretas de los que han fallecido. El que induce a murmurar, peca contra la justicia.
El que oye con gusto la murmuración, sin haber sido causa de ella, peca contra la caridad.
No peca si se goza, no de la detracción misma, sino de oír una cosa nueva o curiosa.
El superior peca contra la caridad, si, pudiendo, no impide la murmuración.
El que no es superior y puede impedir fácilmente la murmuración, peca levemente si no lo hace.                                                                
Se excusa de pecado, si no la impide por temor de que la corrección no aprovechará.
Calumnia es decir de otro una falta, sabiendo que no la tiene. 
Nunca es lícito calumniar.
Contumelia es la injusta lesión hecha al honor del que está presente y se da cuenta de ello.

JUICIOS TEMERARIOS

Juicio temerario es cuando con firme asentimiento de la mente se atribuye al prójimo una falta, sin justos motivos.
Sospecha es inclinarse a pensar mal, pero creyendo que tal vez el prójimo es inocente.
Duda es suspender el juicio sobre la bondad o maldad del prójimo.
El juicio temerario plenamente advertido sobre cosa grave es pecado mortal.
No hay pecado, si al advertir que el juicio es temerario, se procura desecharlo.
La sospecha y duda temerarias son sólo pecados veniales por lo regular.
Debemos echar siempre a buena parte, en cuanto sea posible, todo lo que hace nuestro prójimo. Juzguemos a los demás como nosotros deseamos ser juzgados.

EL SECRETO

Secreto es aquello que por su naturaleza o por especial contrato, debe conservarse oculto.
El secreto puede ser natural, prometido y confiado.
En ciertos casos podrá ser lícito y aun obligatorio el revelar el secreto natural y prometido.
El secreto confiado a un médico, abogado, etc., por razón de su oficio, no puede ser revelado a nadie, ni aun al juez que lo pregunte.
El que abre o lee cartas de otro, sin licencia a lo menos tácita o presunta de aquél que las ha escrito o a quien van dirigidas, comete culpa grave.
No es culpa grave:
1º si se sabe o presume que contiene cosas de poca importancia;
2º si se hace con justa causa, para evitar un mal público o privado, con tal que abra o lea cartas el que tenga derecho a hacerlo, y no lea más que lo necesario para conseguir este fin;
3º si las cartas se abren por alguna ligereza o inadvertencia.

LA MENTIRA

Mentira es manifestar con palabras o hechos lo contrario de lo que se piensa, con intención de engañar.
La mentira puede ser dañosa, oficiosa y jocosa.
Dañosa es la que causa daño injusto.
Oficiosa es la que se dice en utilidad propia o ajena
Jocosa es la que se dice por sola diversión.
La mentira dañosa es pecado grave o leve según sea el daño que causa.
La mentira oficiosa y jocosa son pecados veniales.
No es mentira jocosa, y, por consiguiente, no es pecado, cuando los que oyen ya saben que aquello se dice sólo por diversión, sin ninguna intención de engañar.
Toda mentira es pecado, porque es contraria a la verdad, y, por tanto, contraria a Dios que es la misma verdad. Como hijos de Dios hemos de amar la verdad. Jesús dijo que el demonio es el padre de la mentira. La mentira es siempre una vileza, una cobardía.
Nunca, pues, es lícito mentir, ni aun para evitar la muerte o cualquier otro mal propio o ajeno.
Algunas veces no se puede decir claramente todo lo que se sabe y se debe recurrir a lo que se llama.

RESTRICCIÓN MENTAL

La restricción mental consiste en un acto del entendimiento que da a las palabras un sentido distinto del obvio y natural.
Para que sea lícito es necesario:
1º no ser puramente mental, sino que el sentido de las palabras pueda colegirse por lar circunstancias adjuntas;
2º que el que pregunta no tenga derecho a que se le diga la verdad con toda claridad;
3º que el decirla produjera inconvenientes.
En algún caso muy grave aun sería lícito jurar con esta restricción mental.
Hacer la restricción mental en las condiciones indicadas no es mentir, sino ocultar la verdad.
La caridad, prudencia y deber inherente al oficio exigen muchas veces el ocultar la verdad.
Al que pide dinero prestado, se le puede contestar; No tengo; pensando: No tengo para prestar.
Al que pregunta por un asunto que nada le importa, y el darle cuenta produciría algún inconveniente, se le puede contestar: No sé nada; pensando: No sé nada para contarlo.

Hipocresía es aparentar virtud o piedad con el fin de engañar.
El que promete a otro alguna cosa, debe hacer todo lo posible para cumplir lo que ha prometido.
El que ha faltado al octavo mandamiento debe, si puede, reparar los daños causados.
El que ha calumniado debe retractarse.
El que ha descubierto sin necesidad las faltas del prójimo, debe excusarlo cuanto pueda y recomendar sus buenas cualidades.

Décimo mandamiento.
El décimo mandamiento es: No codiciar los bienes ajenos. Prohíbe todo deseo injusto de los bienes ajenos.
El séptimo mandamiento prohíbe toda injusticia externa, y el décimo prohíbe toda injusticia interna.
Dios es quien da todos los bienes de fortuna, naturaleza y gracia, y todo lo dispone con sabiduría y bondad infinitas, par bien de los que le aman.
Nosotros sólo debemos procurar amar a Dios y hacer su divina voluntad.
Si Dios nos quiere pobre, no hemos de querer ser ricos.
Si Dios nos da riquezas, empleémoslas, no en satisfacer caprichos, sino en hacer el bien.
Jesucristo quiso ser pobre y nacer de madre pobre, y aun llamó espinas a las riquezas.
Los pobres se salvan más fácilmente que los ricos.
Dijo Jesucristo: Más fácil cosa es pasar un camello por el ojo de una aguja, que entrar el rico en el reino de Dios. (S. Marcos, X, 25).
Por tanto, los pobres, en vez de quejarse, deben dar gracias a Dios por haberlos librado de los peligros de condenación eterna que van anexos a las riquezas.
Los ricos deben conjurar estos peligros, haciendo limosna y todo el bien que puedan a los pobres, porque Jesucristo ha dicho: “Lo que hiciereis a uno de los pobres, a Mí lo hacéis”.
La vida presente es brevísima; pasará como una sombra fugaz. Las verdaderas riquezas son las obras buenas.
Más vale el premio eterno que Dios nos dará por un solo Padre nuestro bien rezado, que todo el oro del mundo.
¡Oh hombres! Si conocierais el valor de las obras buenas, todo vuestro empeño fuera enriqueceros de ellas.
Confiemos en Dios: pongamos en sus manos todo nuestro porvenir y recordemos a menudo lo que dijo N. S. Jesucristo: “Buscad primero el reino de Dios y su justicia y todas las demás cosas se os darán por añadidura”.

OBSERVACIÓN OPORTUNA

¡Cuán hermoso fuera que todos los hombres conocieran y practicaran la ley de Dios!
El mundo sería un cielo anticipado: no habría asesinos, ladrones, borrachos; los pobres serían socorridos abundantemente; no habría tantas enfermedades; podríamos vivir tranquilos sin temor de que nadie nos dañara injustamente.
Nosotros no podemos hacer que todos los hombres conozcan y cumplan la ley de Dios.
Pero podemos contribuir a que la conozcan y practiquen algunas personas de nuestras relaciones, y sobre todo. Podemos y debemos conocerla y practicarla nosotros mismos.
Esto es lo que más nos interesa, pues así seremos miembros sanos de la sociedad, agradaremos a Dios y conseguiremos la eterna felicidad.

PRECEPTOS DE LA IGLESIA

Los preceptos de la Iglesia son cinco:
El primero, oír Misa entera todos los Domingos y fiestas de guardar.
El segundo, ayunar en la Cuaresma, cuatro Témporas y vigilas señaladas.
El tercero, confesar a lo menos una vez al año. 
El cuarto, comulgar a lo menos por Pascua.
El quinto, contribuir con limosnas al sostenimiento del culto divino.

Estos preceptos son para guardar mejor los divinos mandamientos. Quien quebranta los preceptos de la Iglesia en materia grave, comete pecado mortal.

Primer precepto.

El primer precepto es: Oír Misa entera todos los Domingos y fiestas de guardar.
Obliga a todo cristiano que tiene uso de razón.
La Santa Iglesia desea que en los días festivos se oiga, en cuanto sea posible, la Misa parroquial:
1º Para que los que pertenecen a la misma parroquia se unan a rogar juntos con el Párroco que es su cabeza.
2º Para que los feligreses participen con más especialidad del Santo Sacrifico, que se aplica por ellos.
3º Para que oigan las verdades del Evangelio que los párrocos tienen obligación de exponer en la Santa Misa.
4º Para que tengan conocimiento de las prescripciones y avisos que en dicha Misa se publican.

DIAS FESTIVOS

Según la ley general de la Iglesia son:

Todos los Domingos. – Enero 1, Circuncisión. – En. 6, Epifanía – Marzo 19, San José. – Movibles: Ascensión y Corpus Christi. – Junio 29, SS.
Pedro y Pablo. – Agosto 15, Asunción. – Noviembre 1, Todos los Santos. – Diciembre 8, La Inmaculada. – Dic. 25, Navidad.

Sólo en estos días aquí indicados hay obligación de oír Misa y de abstenerse de trabajar; aunque es muy laudable el oír Misa siempre que se pueda.



Segundo precepto:
El segundo precepto es: Ayunar en la Cuaresma, cuatro Témporas y vigilas señaladas: no comer carne en los días prohibidos.


ABSTINENCIA Y AYUNO

Por qué los manda la Santa Iglesia.

La Santa Iglesia manda las abstinencias y ayunos para satisfacer a Dios por nuestros pecados y mitigar las pasiones.
El ayuno y la oración son dos cosas muy gratas a Dios y muy recomendadas en las Sagradas Escrituras.
El ayuno sirve para disponernos mejor a la oración, para hacer penitencia de los pecados cometidos, y para preservarnos de cometer otros nuevos.
La Cuaresma se instituyó para imitar en alguna manera el riguroso ayuno de cuarenta días que Jesucristo hizo en el desierto, y para prepararnos por medio de la penitencia a celebrar santamente la Pascua.
El ayuno de las cuatro Témporas se ordenó:
1º Para consagrar todas las estaciones del año con la penitencia de algunos días.
2º Para pedir a Dios la conservación de los frutos de la tierra y darle gracias por los frutos ya recibidos.
3º Para rogarle dé a su Iglesia buenos ministros, cuya ordenación se hace los sábados de la Cuatro Témporas.
El ayuno de las vigilias se ha instituido para prepararnos a celebrar santamente las fiestas principales.
La abstinencia del viernes es en honor de la Pasión de N. S. Jesucristo.

LA ABSTINENCIA

La ley de la abstinencia manda abstenerse de carne y del caldo de carne.
No están prohibidos los huevos, lacticinios, ni cualquier otro condimento aún de grasa de animales.
Obliga bajo culpa grave a todos los que han cumplido siete años.
Excusan de la abstinencia la enfermedad, la pobreza, u otra dificultad grave.

EL AYUNO


La ley del ayuno prescribe que se haga una sola comida al día.
Esta comida generalmente se hace al mediodía.
En ella se puede tomar todo el alimento que se quiera; si no es día de abstinencia, se puede comer carne.
Además de esta comida, se puede tomar:
Por la mañana un ligero desayuno, que se llama parvedad.
y por la noche una cena reducida, llamada colación.
En cuanto a la cantidad y calidad de los manjares para la parvedad y colación se debe observar la costumbre aprobada de cada región.

EN LA AMERICA LATINA


Por la mañana se puede tomar té, café, chocolate, pan, etc.; por Indulto Pontificio, leche y queso, teniendo en cuenta la ley de la parvedad: la carne y los huevos no son permitidos.
La cantidad de alimento no debe exceder de 60 gramos, sin contar el agua.
Por la noche se puede tomar cualquier alimento, menos la carne y el caldo de carne.
La cantidad debe ser mucho menor que en la comida ordinaria.
Deben tenerse en cuenta las condiciones de las personas; pues lo que para unos puede ser una comida, para otros sería sólo una pequeña e insuficiente refección.
Cada uno puede tomar la cantidad de alimento que juzgue necesaria para poder desempeñar convenientemente su oficio.
Los teólogos dicen que todos pueden tomar hasta 240 gramos de alimento, sin contar el agua.
No obstante, en ciertos alimentos no se puede prescindir de contar en algo el agua: 240 gramos de pan, arroz, etc., cocidos en agua, resultarían una gran cantidad de alimento.
En cualquiera hora del día se puede tomar té, café, u otras bebidas, aunque contengan un poco de azúcar; pero no se puede tomar leche, porque ésta se considera como alimento nutritivo.
El comer, sin necesidad, alguna cosa insignificante, fuera del tiempo en que se permite tomar alimento, es sólo falta leve.
No está prohibido promiscuar, esto es, comer carne y pescado en la misma comida.
Es lícito permutar, esto es, tomar al mediodía la colación de la noche, y por la noche la comida del mediodía.
Cesa toda ley de ayuno y de abstinencia en todos los domingos del año y fiestas de precepto; pero no cesa si la fiesta ocurre en tiempo de Cuaresma.
Cesa lo mismo después del mediodía del Sábado Santo.
No se anticipan las vigilias; si una vigilia cae en Domingo u otro día festivo, el ayuno o abstinencia quedan suprimidos.
Están obligados al ayuno todos los fieles desde los veintiún años cumplidos hasta los sesenta empezados.
Nadie debe dispensarse, sin razón suficiente, de la ley de la abstinencia y ayuno.
Quien no ayuna sin justa causa, comete pecado mortal.
Excusan del ayuno, la enfermedad, el trabajo pesado, la pobreza que impide tener una alimentación substanciosa, u otra dificultad grave.
La Iglesia, como buena madre, no intenta obligar a quien el ayunar o abstenerse de comer carne le causase un grave inconveniente.
En caso de duda conviene consultar al confesor. No es, pues, el ayuno una cosa tan difícil.
Está probado que el ayuno, en las condiciones con que lo prescribe la Santa Iglesia, contribuye mucho a la conservación de la salud.

DÍAS DE AYUNO Y ABSTINENCIA

Según la ley general de la Iglesia.
Abstinencia sola, sin ayuno: Todos los viernes del año.
Abstinencia con ayuno:
1º Miércoles de Ceniza, todos los viernes y sábados de cuaresma. 
2º Miércoles, viernes y sábados de las cuatro témporas.
3º Vigilias de Pentecostés, Asunción de Nuestra Señora, Todos los Santos y Navidad.

Ayuno solo, sin abstinencia: Todos los demás días de cuaresma, a excepción de los Domingos.

La Santa Iglesia aplica la ley de los ayunos y abstinencias en cada país según las circunstancias y condiciones especiales de sus habitantes.
Por esta razón, cuando un buen católico va a otra nación, se procura enterar en qué forma se practica allí dicha ley.


DIAS DE AYUNO Y ABSTINENCIA EN LA AMERICA LATINA


En virtud del Indulto Pontificio son de obligación solamente:
Abstinencia sola, sin ayuno. Las cuatro Vigilias: 1ª de Navidad; 2ª de Pentecostés; 3ª de los Stos. Apóstoles Pedro y Pablo; 4ª de la Asunción.
Abstinencia con ayuno. Miércoles de Ceniza y todos los viernes de Cuaresma.
Ayuno solo, sin abstinencia. Todos los demás Miércoles de Cuaresma, el Jueves Santo y el Viernes de Témporas en el Adviento.
Nota: Este Indulto ha sido concedido para los fieles de la América Latina e Islas Filipinas.

Tercero y cuarto preceptos.
Son: Confesar a lo menos una vez al año, y comulgar a lo menos por Pascua.
La obligación de comulgar a lo menos por Pascua, se llama Precepto Pascual.
Todo cristiano que ha llegado al uso de razón está obligado a cumplirlo.
Puede cumplirse en cualquier Iglesia, pero se aconseja que la Comunión Pascual se reciba en la Iglesia Parroquial propia.
Los que han cumplido el precepto pascual en parroquia ajena, procuren hacerlo saber al propio párroco

TIEMPO HÁBIL PARA CUMPLIR CON EL PRECEPTO PASCUAL

Según la ley general de la Iglesia es: desde el Domingo de Ramos hasta el primer Domingo después de Pascua.
En América Latina: desde Septuagésima hasta el 29 de Junio.

Los que no cumplen con el Precepto Pascual pecan mortalmente.

Este precepto es de tanta importancia, que ni aun los enfermos se excusan de cumplirlo.
Cuando los enfermos están imposibilitados para ir a la Iglesia, deben recibir la Comunión Pascual en su domicilio, aunque la enfermedad no sea grave.
Quien no ha cumplido con el Precepto Pascual en el tiempo debido, debe cumplirlo cuanto antes.
Las palabras a lo menos una vez al año indican que es mejor confesar y comulgar a menudo.
También hay obligación de confesar y comulgar si hubiese peligro de muerte.

Quinto precepto.
El quinto precepto es: Contribuir con limosnas al sostenimiento del culto divino.
Todos los bienes los hemos recibido de Dios.
Es, pues, muy justo contribuir al decoro y esplendor del culto divino, ofreciendo para ello parte de los mismos bienes que Dios nos ha dado.
Este sacrificio de los bienes que se hace en honor de Dios, es una señal de agradecimiento y también de reconocimiento del supremo dominio que el Señor tiene sobre nosotros y sobre nuestras cosas.
Los sacerdotes han hecho grandes sacrificios para instruirse suficientemente: deben estar siempre dispuestos para administrar los Santos Sacramentos; deben instruir a los fieles y guiarlos siempre por el camino que conduce a la eterna bienaventuranza.
Además, los sacerdotes, que son los ministros de Jesucristo, deben, por voluntad del mismo Dios, dedicarse exclusivamente al culto divino y procurar el bien de las almas
Los fieles deben, pues, proveer a su mantenimiento. San Pablo dice: “El que sirve al altar, vive del altar”.
En muchas partes no se cuenta con otras entradas, para los gastos que exige el sostenimiento del culto divino, que las limosnas de los fieles y los derechos establecidos en lo relativo a misas, funerales, bautizos y matrimonios.
Tales derechos no son paga de la Misa, bautizo o matrimonio, sino una limosna para el sostenimiento del culto divino.
Por consiguiente, los que pueden, tienen obligación de pagar estos derechos.
Sin embargo, a los que son pobres, y por lo mismo imposibilitados para pagarlos, se les hace todo sin abonar nada, en especial, los bautizos y matrimonios.
Se debe, además, contribuir con otras limosnas, cada uno según sus medios, a costear los gastos que ocasione el culto divino, especialmente el de la Iglesia parroquial.


ACCIÓN CATÓLICA PARA LOS SEGLARES



Acción Católica es la cooperación de los seglares al ministerio apostólico para la salvación de las almas.
La autoridad eclesiástica dicta las normas que se deben seguir.
La Acción Católica consiste en amar a Dios y hacer lo posible para que los demás también le amen, a lo cual todos estamos obligados.
Las fuerzas unidas tienen mucha más eficacia que separadas; por esta razón, donde esté establecida oficialmente la Acción Católica, deben inscribirse en ella todos los que sienten en su corazón un poco de amor a Dios.
Los modos de efectuar la Acción Católica son: Oración, buen ejemplo y buenos consejos.


LOS DEBERES PARTICULARES DEL PROPIO ESTADO 
Y LOS CONSEJOS EVANGÉLICOS


Deberes del propio estado son aquellas obligaciones particulares que tiene cada uno por razón del estado, condición y oficio en que se halla.
Estos deberes se derivan de los divinos mandamientos.
Consejos Evangélicos son algunos medios propuestos por Jesucristo en el santo Evangelio, para llegar a la perfección cristiana.
Los consejos evangélicos principales son tres: pobreza voluntaria, castidad perpetua y obediencia en todo lo que no fuere pecado.
Los que profesan en una Orden o Congregación religiosa, hacen voto de guardar estos tres consejos evangélicos.
Los consejos evangélicos nos ayudan a quitar del corazón el amor a las riquezas, placeres y honores.
Por consiguiente, nos facilitan, la guarda de los mandamientos y nos aseguran mejor la eterna salvación.

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