lunes, 7 de febrero de 2022

EL DOGMA DE LA PREDESTINACIÓN. BREVE HISTORIA (2/ 8) Por Sofronio y Pacomio

 


Dios Padre, Primera Persona de la Santísima Trinidad:  
«... hablamos sabiduría de Dios, encerrada en el misterio, la escondida, la que predestinó Dios antes de los siglos para gloria nuestra» 1 Co 2, 7 


«Porque a los que de antemano conoció también los predestinó a ser conformes con la imagen de su Hijo, en orden a que fuese él primogénito entre muchos hermanos. Y a los que predestinó, a éstos también llamó; y a los que llamó, a éstos también justificó; y a los que justificó, a éstos también glorificó.» Rom. 8,29-30



«Entonces el rey dirá a los que estarán a su derecha: Venid, benditos de mi Padre, a tomar posesión del reino celestial, que os está preparado desde el principio del mundo....
Al mismo tiempo dirá a los que estarán a la izquierda: Apartaos de mí, malditos; id al fuego eterno, que fue destinado para el diablo y sus ángeles
.» Mat 25, 34.41



Breve Historia del dogma de la Predestinación.

Breves rasgos que nos enseñan que lo que afirmó la Sagrada Escritura se mantuvo desde el principio de la edad post apostólica:

San Cirilo de Jerusalén [✝386] pone de relieve que nadie está predestinado al mal, ni es malo por naturaleza, y que se llega a la gracia de la adopción [filiación divina bautismal] por libre decreto de Dios [desde la eternidad] (Catech. 7,13: PG [Patrología Griega] 33,620). En S. Gregorio Nacianceno [390] (Oratio 37,13: PG 36,297) y más en particular en S. Juan Crisóstomo [407] (In Ep. ad Romanos hom. 16,5: PG 60,554) y Cirilo de Alejandría (In Ep. ad Rom. 8,30: PG 74,828 ss.) queda mejor definida la tesis de la voluntad salvífica universal y de la predestinación: Dios -afirman- da siempre su gracia a los predestinados, a quienes llamó de antemano.

Entre los escritores latinos, aparece claramente afirmado el hecho de la predestinación divina en San Hilario de Poitiers [✝367] (In psal. 64,5: PL [Patrología Latina] 3,415) y más particularmente en S. Ambrosio [de Milán], [973] (De fide 5,6,83: PL 16,665).

San Agustín [de Hipona, 430] constituye aquí, como en otros problemas, un capítulo aparte, y tiene dentro de la patrística una importancia singular, análoga a la que, sobre este punto, tiene San Pablo en la doctrina bíblica. Son innumerables los lugares en que trata este problema (ver especialmente:  Expositio quorumdam propositionum ex Epist. ad Romanos: PL 35,2063 ss.; De diversis quaestionibus ad Simplicianum, 11: PL 40,101 ss.; Contra duas Epist. Pelagianorum, lib. 4: PL 44,594 ss.; Contra Julianum: PL 44,641 ss.; Enchiridion: PL 40,231 ss.; De gratia et libero arbitrio: PL 44,881 ss.; De correptione et gratia: PL 44,915De praedestinatione Sanctorum: PL 44,953 ss.; De dono perseverantiae: PL 45,993 ss.; Contra Julianum opus imperfectum: PL 45,1049 ss.; Epistolae: PL 33,194 y 874 ss.; 214,967 ss.; 215,971 ss.; 217,978 ss.; 225,1003 ss.; 226,1007 ss.); y son muchas también, y no siempre uniformes, las interpretaciones que se han hecho de su pensamiento.

Según S. Agustín la predestinación a la salvación entraña dos elementos: la presciencia [griego antiguo πρόγνωσις (prógnosis), "conocimiento anticipado"] y la preparación de los medios sobrenaturales (gracias), que conducen a la salvación. Esta predestinación es libre [incondicionada] por parte de Dios y fruto de su amor misericordioso. Es igualmente infalible [cierto y eficaz] no excluye la libertad del hombre, sino que, al contrario, la hace posible

Santo Tomás insistió en la absoluta independencia del acto predestinante [sin condición de ninguna especie], con su doctrina del imperio [absoluta soberanía de Dios sobre sus criaturas]. Duns Escoto y los ocamistas pretendieron conjugar ambos elementos: gratuidad e independencia por parte de Dios y valor de los actos del hombre.



No hay comentarios: