viernes, 24 de diciembre de 2021

¡QUÉ CELEBRAMOS HOY EN NOCHE BUENA Y EN NAVIDAD? - Explicación Dogmática sobre el Fin de la Encarnación del Verbo Eterno de la Stma. Trinidad

        §1.- EL FIN DE LA ENCARNACIÓN


El Hijo de Dios se hizo hombre para redimir a los hombres (de fe).

El símbolo nicenoconstantinopolitano profesa: «Qui propter nos homines et propter nostram salutem descendit de coelis et incarnatus est» ["Quien por nosotros los hombres y por nuestra salvación descendió del cielo y se encarnó"].(Del Símbolo Niceno-Constantinopolitano, año 381 d. C.]

La Sagrada Escritura da testimonio de que Cristo vino al mundo para salvar a los hombres, para redimirlos de sus pecados. Isaías había profetizado en el Antiguo Testamento: («EI mismo [Dios] vendrá y nos salvará» (35, 4). El nombre de Jesús indica ya su condición de salvador; cf. Mt 1, 21: «Le pondrás por nombre Jesús, porque salvará a su pueblo de sus pecados». El ángel anunció a los pastores de Belén el nacimiento de Cristo, diciéndoles las siguientes palabras : «Os ha nacido hoy un salvador en la ciudad de David» (Lc 2, 11). El anciano Simeón dio gracias a Dios por haber podido contemplar a aquel que era salvación de todos los pueblos: «Mis ojos han visto tu salvación, la que has preparado ante la faz de todos los pueblos» (Lc 2, 30 s [y siguiente]). Jesús declaró que su misión era «buscar y salvar lo que se hallaba perdido» (Lc 19, 10; cf. Mt 9, 13). El apóstol San Pablo compendia la Labor redentora de Cristo en las siguientes palabras: «Cristo Jesús vino al mundo para salvar a los pecadores» (1 Tim 1,15). De un tenor parecido es Jn 3, 17: «Dios no ha enviado su Hijo al mundo para que juzgue al mundo, sino para que el mundo sea salvado por Él.»

Como fin ulterior de la encarnación de Cristo menciona la Sagrada Escritura, al menos haciendo alusión, a la glorificación de Dios, que es el último y supremo fin de todas las cosas de Dios; cf. Lc 2,14: «¡Gloria a Dios en las alturas!» Jesús declara en su oración sacerdotal: «Yo te he glorificado sobre la tierra, llevando a cabo la obra que me encomendaste realizar» (Jn 17, 4).


§2. CONTROVERSIA SOBRE LA PREDESTINACIÓN ABSOLUTA O CONDICIONADA DE LA ENCARNACIÓN

Constituye objeto de controversia entre tomistas [Santo Tomás de Aquino] y escotistas [ Juan Duns Escoto] la cuestión de si la razón decisiva de que se encarnase el Hijo de Dios fue el venir a redimir a los hombres, de suerte que no hubiera habido encarnación sin el pecado de nuestros primeros padres (predestinación condicionada de la encarnación), o si tal razón no fue otra que la gloria de Dios, y por tanto, aún en el caso de que el hombre no hubiese pecado, el Hijo de Dios se habría encarnado para coronar la obra de la creación, pero sin tomar entonces un cuerpo pasible (predestinación incondicionada o absoluta de la encarnación). La predestinación condicionada la propugnan los tomistas, y la absoluta los escotistas (antes de Escoto la defendieron ya Isaac de Nínive [siglo VI], Ruperto de Deutz [†1129] y san Alberto Magno[†1280] y muchos teólogos modernos.

1. Predestinación condicionada

En favor de la sentencia tomista (cf. S.th. III 1, 3) habla el testimonio de la Sagrada Escritura, la cual en numerosos pasajes (cf. §1) designa como motivo de la encarnación el que Cristo viniera a salvar a los hombres del pecado, mientras que nunca dice que la encarnación hubiera tenido lugar sin la caída en el pecado.

De acuerdo con esto, los santos padres enseñan que la encarnación del Hijo de Dios estaba vinculada a la condición de que el hombre cayera en el pecado. SAN AGUSTÍN [✝430] dice: «Si el hombre no hubiera perecido, el Hijo de Dios no habría venido... ¿Por qué vino al mundo? Para salvar a los pecadores (1 Tim 1, 15). No había otra razón para que viniera al mundo» (Sereno 174, 2, 2; 7, 8).


2. Predestinación absoluta

La sentencia escotista procura basarse en San Pablo, quien declara que toda la creación se ordena a Cristo como meta y cabeza de la misma; cf. Col 1, 15-19. Sin embargo, hay que tener en cuenta que en los versículos 15-17, en los cuales se presenta a Cristo como «primogénito de toda la creación», como Hacedor de todo el universo, incluso del mundo angélico, como meta de la creación («Todo fue creado por Él y para Él») y como Conservador del mundo, hay que tener en cuenta — repetimos — que en todos estos versículos se prescinde totalmente del hecho de la encarnación, de suerte que se considera a Cristo como meta de la creación no en cuanto hombre, sino en cuanto Dios. Así como por ser Dios es creador, de la misma manera por ser Dios es la meta de la creación. El ser Cristo cabeza del cuerpo místico, que es la Iglesia (de lo cual se habla en Col 1, 18), le corresponde precisamente por el hecho de la redención. Nada se dice en este versículo de que Cristo hubiera ocupado, según el plan de Dios, este puesto de cabeza, aun prescindiendo del pecado y de la redención. En Hebr 10, 2, la oración relativa : «Por cuya causa son todas las cosas, y por el cual todas las cosas subsisten» se refiere no a Cristo, sino a Dios Padre.

Los asertos de la Escritura, que presentan como fin de la creación la redención del hombre, los explican los escotistas restringiéndolos al orden de la salvación que existe de hecho y que fue motivado por el pecado; orden por el cual el Hijo de Dios vino a este mundo con un cuerpo pasible. Pero no deja de extrañar que la Escritura no diga nada sobre esa venida de Cristo en cuerpo impasible que había sido planeada primero.

La prueba especulativa de Ios escotistas insiste en que el fin no puede ser menor que el medio para conseguir ese fin. Ahora bien, la encarnación, como la más sublime de las obras de Dios, no podía estar determinada primordialmente por el fin de salvar a los pecadores. Los tomistas responden que la redención es sin duda el fin próximo de la encarnación, pero no el supremo y último fin de la misma.

Los escotistas encuentran, además, poco razonable que el pecado, tan aborrecido por Dios, haya sido la ocasión para la más asombrosa revelación divina. Los tomistas ven precisamente en ello una prueba tanto mayor del amor y misericordia de Dios: ¡Oh feliz culpa que mereció tener tal y tan grande Redentor! (Exultet de la Vigilia pascual).

Según la sentencia escotista, toda gracia, no solamente la gracia para el hombre caído sino también la del hombre paradisíaco y la de los ángeles, se deriva de los merecimientos del Dios-Hombre. Con ello, Cristo ocupa un puesto central y predominante en el plan divino sobre el universo.

La sentencia tomista es menos grandiosa que la escotista, pero parece mejor fundada en las fuentes de la revelación.

§ 3. CONCEPTO Y POSIBILIDAD DE LA REDENCIÓN POR MEDIO DE CRISTO

1. Concepto de redención

La redención puede entenderse en sentido objetivo y subjetivo. Redención en sentido objetivo es la obra del redentor. Redención en sentido subjetivo (llamada también justificación) es la realización de la redención en cada uno de los hombres, o la aplicación de sus frutos a cada uno de ellos.

La obra redentora de Cristo tenía por fin salvar a los hombres de la miseria del pecado. Ahora bien, el pecado por su esencia es un apartamiento de Dios (aversio a Deo) y una conversión a la criatura (conversio ad creaturam). Luego el efecto de la redención tiene que consistir en el apartamiento de la criatura y en la conversión a Dios (cf. Col 1, 13). Conforme a su faceta negativa, la redención es una liberación del señorío del pecado y de todos los males que forman su séquito (servidumbre del diablo y de la muerte). Como tal recibe el nombre de redemptio = rescate o redención en sentido estricto; cf. Rom 3, 24; 1 Cor 1, 30; Eph 1, 7; Col 1, 14; Hebr 9, 15. Conforme a su faceta positiva, la redención es la restauración del estado de unión sobrenatural con Dios, que fue destruido por el pecado. Como tal recibe el nombre de reconciliatio = reconciliación; cf. Rom 5, 10 s ; 5, 10s; 2 Cor 5, 18 ss [y siguientes]; Col 1, 20.

La redención objetiva fue llevada a cabo por la labor docente y orientadora de Cristo, mas sobre todo por su satisfacción vicaria y por sus merecimientos en el sacrificio de su muerte en cruz. Por la satisfacción quedó compensada la ofensa inferida a Dios por el pecado y su agraviada honra fue reparada. Por los merecimientos de Cristo, se alcanzaron los bienes de la salud sobrenatural, que luego se habrían de distribuir por la redención subjetiva [la justificación de cada persona en particular].

2. Posibilidad de la redención

La posibilidad de que Cristo nos redima por su satisfacción y sus merecimientos se funda en la condición divino-humana de Cristo, que le capacita para ser mediador entre Dios y los hombres; 1 Tim 2, 5-6 : «No hay más que un Dios y un mediador entre Dios y los hombres, Jesucristo hombre, que se dio a sí mismo en precio del rescate por todos» ; Hebr 9, 15 : «Así que por eso es el mediador del Nuevo Testamento» ; cf. Dz 143, 711, 790.

El Dios-Hombre Jesucristo es el mediador natural y, como tal, el único mediador entre Dios y los hombres, tanto en el aspecto ontológico como en el aspecto ético, es decir, lo mismo en el orden del ser que en el de la actividad. La mediación sobrenatural fundada en la gracia (como la de Moisés [según Dt 5, 5], la de los profetas y apóstoles, la de los sacerdotes del Antiguo y Nuevo Testamento, la de los ángeles y santos) es imperfecta y subordinada a la única mediación natural de Cristo. Cristo ejercitó y ejercita su labor de mediación por medio de las acciones de su naturaleza humana (horno Christus Jesus). La distinción real que existe entre las dos naturalezas divina y humana permite que Cristo, como hombre, realice actos de mediación, y que como Dios los acepte. Con esto queda resuelta la objeción de que Cristo sería mediador entre sí mismo y los hombres, cosa que no está de acuerdo con el concepto de mediación ; cf. S.th. III 26, 1-2.

§ 4. CARÁCTER NECESARIO Y LIBRE DE LA REDENCIÓN

1. Necesidad por parte del hombre

El hombre caído no podía redimirse a sí mismo (de fe).

El concilio de Trento enseña que los hombres caídos «eran de tal forma esclavos del pecado y se hallaban bajo la servidumbre del demonio y de la muerte, que ni los gentiles podían librarse ni levantarse con las fuerzas de la naturaleza (per vim naturae) ni los judíos podían hacerlo tampoco con la letra de la ley mosaica (per litteram Legis Moysi)»; Dz 793. Solamente un acto libre por parte del amor divino podía restaurar el orden sobrenatural, destruido por el pecado (necesidad absoluta de redención). 

Se opone a la doctrina católica el pelagianismo, según el cual el hombre tiene en su libre voluntad el poder de redimirse a sí mismo; y es contrario también al dogma católico el moderno racionalismo, con sus diversas teorías de «autorredención».

El apóstol San Pablo nos enseña, en su carta a los Romanos, que todos los hombres, bien sean judíos o gentiles, se hallan bajo la maldición del pecado y son justificados gratuitamente por el amor divino en virtud de un acto redentor de Cristo; Rom 3, 23 s : «Pues todos pecaron y todos están privados de la gloria de Dios [ = de la gracia de la justificación] ; y ahora son justificados gratuitamente por su gracia, por la redención de Cristo Jesús».

La doctrina de los padres se halla condensada en la siguiente frase de SAN AGUSTÍN [+430]: «[Los hombres] pudieron venderse, mas no pudieron rescatarse» («Vendere se potuerunt, sed redimere non potuerunt»; Enarr. in Ps. 95, 5).

La razón intrínseca de que el hombre caído tenga necesidad absoluta de redención consiste, por una parte, en la infinitud de la culpa y, por otra, en el carácter absolutamente sobrenatural del estado de gracia. En cuanto acción de una criatura (offensa Dei activa), el pecado es, desde luego, finito, pero en cuanto ofensa al Dios infinito (offensa Dei passiva), el pecado es infinito y exige, por tanto, una satisfacción de valor infinito. Mas ningún puro hombre es capaz de dar semejante satisfacción; cf. S.th. III 1, 2 ad 2.


2. Libertad por parte de Dios

a) Dios no tenía necesidad alguna, interna ni externa, de redimir a los hombres (Sentencia cierta).

La redención es un libérrimo acto de amor y misericordia divina (libertas contradictionis). Si la elevación del hombre al estado sobrenatural es ya un don gratuito del amor divino que Dios concedió porque quiso, mucho más lo es la restauración de la unión sobrenatural con Dios, destruida por el pecado mortal.

El apóstol San Pablo comienza la carta a los Efesios ensalzando la gracia de Dios, que se ha revelado tan gloriosamente en la redención por medio de Jesucristo. A la redención la llama «misterio de su voluntad divina, que nos ha dado a conocer según su beneplácito» (Ef 1, 9) ; cf. Ef 2, 4 ss.

SAN ATANASIO [✝373] (Or. de incarn. Verbi 6), refiriéndose a la honra de Dios, afirma que era necesaria la redención; pero esta necesidad hay que entenderla en el sentido de suma conveniencia, pues el mismo santo acentúa en otros lugares el carácter gratuito de la redención. SAN ANSELMO DE CANTORBERY [✝1109] (Cur Deus horno 11 4s) nos habla de una necesidad de redención por parte de Dios, fundada en la inmutabilidad del decreto, libremente concebido, de dar la felicidad sobrenatural al hombre: Cuando Dios, a pesar de prever el pecado, decretó desde toda la eternidad crear y elevar a los hombres, entonces de la existencia de tal decreto libre de Dios se deriva la necesidad que éste tiene de redimir a los hombres una vez que entró el pecado en el mundo (necessitas consequens).

b) La encarnación, aun en el supuesto del decreto divino de la redención, no era absolutamente necesaria (Sentencia común).

SANTO TOMÁS DE AQUINO [1109], juntamente con SAN AGUSTÍN (De agone christ. 11, 12), enseña, contra SAN ANSELMO DE CANTORBERY (Cur Deus homo II 6 s), que Dios en su omnipotencia pudo haber redimido a los hombres de muy diversas maneras (libertas specificationis); S.th. ni 1, 2.

Significaría poner límites a la omnipotencia, sabiduría y misericordia de Dios el considerar la encarnación como el único medio posible de redimir a los hombres. Dios, sin detrimento de su justicia, puede conceder su perdón y su gracia a un pecador arrepentido, sin que éste presente satisfacción alguna o presentando sólo una satisfacción inadecuada.

c) Si Dios exigió una satisfacción adecuada, era necesaria la encarnación de una persona divina (Sentecia común).

La ofensa infinita a Dios contenida en el pecado mortal solamente se puede reparar perfectamente por medio de un acto infinito de expiación. Y semejante acto sólo lo puede realizar una persona divina. De ahí que podamos hablar de una necesidad hipotética (condicionada) de la encarnación.

En sentido amplio, se puede también afirmar que existe una necesidad de congruencia en favor de la redención, por cuanto la encarnación de una persona divina es el medio más conveniente de redención, ya que así se revelan de la manera más esplendorosa las perfecciones de Dios y se proporcionan los motivos más poderosos a la aspiración del hombre a la perfección religiosa y moral; SAN JUAN DAMASCENO[+749], De fide orth. lu 1; S.th. III 1, 1-2.


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